El Tribunal Constitucional (TC) restableció la inhabilitación de Inés Tello y Aldo Vásquez, quienes deberán dejar la Junta Nacional de Justicia (JNJ) nuevamente.
La resolución del TC suspende los efectos de la medida cautelar que permitió a Tello y Vásquez retornar a la JNJ luego de ser inhabilitados por el Congreso de la República el 7 de marzo último, por presunta falta grave. Esa medida cautelar había sido emitida por la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.
La resolución precisa que la suspensión de la medida cautelar tendrá vigencia hasta que se defina la apelación que presentó el Congreso contra la decisión de la mencionada sala.
Con ello, el TC ha resuelto la demanda competencial que presentó el Congreso contra el Poder Judicial. La resolución se tomó con los votos de los magistrados Francisco Morales, Luz Pacheco, Gustavo Gutiérrez, César Ochoa y Pedro Hernández. Este último fue el ponente.
Los magistrados Helder Domínguez y Manuel Monteaguado emitieron votos singulares.
Argumentos
En la resolución, el TC señaló que los actos que el Congreso realiza en ejercicio de sus competencias exclusivas y excluyentes “materializan los mandatos de la Constitución Política, de manera que gozan de presunción de constitucionalidad”.
Agregó que todas las entidades del Estado deben entender estos actos parlamentarios como válidos, vigentes y vinculantes, “en tanto no hayan sido dejados sin efecto por autoridad competente en ejercicio de una competencia legítima”.
El TC cuestionó que la resolución a favor de Tello y Vásquez se base en que la decisión del Congreso habría dispuesto la inhabilitación sin que la falta esté previamente tipificada. Para el órgano, eso es “completamente ajeno al control constitucional que es posible realizar respecto de actos políticos no justiciables del Congreso”.
Además, advirtió que las posibles consecuencias de que se permita a miembros de la JNJ inhabilitados por el Congreso el ejercicio de las altas funciones supondrían un grave atentado al principio de separación de poderes y un grave cuestionamiento a la correcta administración de justicia por parte del Estado.
El Congreso había señalado en su demanda contra el Poder Judicial que tiene la competencia exclusiva y excluyente para realizar juicio político a los altos funcionarios del Estado, mediante el procedimiento de acusación constitucional.
Por ello - dijo - decidió inhabilitar de la función pública por 10 años a Tello y Vásquez, quienes ejercían como miembros titulares de la JNJ.
Para el Congreso, resultó evidente que la medida cautelar solicitada por ambos pretendió que se realice un control constitucional a un acto político discrecional.
Agregó que la decisión del Poder Judicial atentó contra el ejercicio de la función política-punitiva que la Constitución Política le otorga.
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