
Escucha la noticia
El peligro contra la prensa sobre la difusión de chats de WhatsApp y Telegram persiste: Los entretelones del debate y qué propone ahora la Comisión de Justicia
Resumen generado por Inteligencia Artificial
Accede a esta función exclusiva
Resume las noticias y mantente informado sin interrupciones.
El peligro contra la prensa por la difusión de correos electrónicos, mensajes de WhatsApp y otras aplicaciones de mensajería instantánea persiste. La Comisión de Justicia del Congreso, presidida por Perú Libre, insiste en endurecer la sanción contra quienes divulguen esta información.
Lee también | Congreso sigue dejando abierta la puerta para el incremento de sueldos de senadores y diputados: los alcances del nuevo texto
Se trata de una propuesta promovida por José Elías Ávalos (APP) que plantea modificar el artículo 164° del Código Penal sobre la publicación indebida de la correspondencia.
Newsletter Mientras Tanto

El texto original planteaba: “El que publica, indebidamente, una correspondencia epistolar, telegráfica de mensajería instantánea o correo electrónico, no destinada a la publicidad y sin que medie interés público, aunque le haya sido dirigida, será reprimido, si el hecho causa algún perjuicio a otro, con limitación de días libres de veinte a cincuenta y dos jornadas”.
No obstante, la semana pasada, el grupo acordó modificar la iniciativa original para que se retire la frase “sin que medie interés público” y se eleve la sanción a días multa al considerar que la pena actual es “irrisoria”.
Lee también | Dina Boluarte critica a la Corte IDH y dice que no deben “seguir sangrando al pueblo peruano”
En la sesión de este miércoles 10 de septiembre se puso al debate el texto sustitutorio que contemplaba las observaciones realizadas días atrás por diversos parlamentarios como Gladys Echaíz (Honor y Democracia), Alejandro Muñante (Renovación Popular) y otros. El nuevo documento que se evaluó no figuraba en la agenda oficial de la comisión.
Antes del debate, Flavio Cruz (Perú Libre), presidente de la Comisión de Justicia, defendió el proyecto al considerar que se debe renovar este artículo del Código Penal.
Además, minimizó el hecho de que se endurezca la sanción de la difusión de la correspondencia con días multa. “Son solo días multas, no hay pena restrictiva de la libertad [...] Yo respeto y valoro mucho la labor de la prensa”, expresó.
Lee también | Presidenta del TC dice que procedimientos inmediatos en la JNJ fueron declarados inconstitucionales
En tanto, el perulibrista y segundo vicepresidente del Congreso, Waldemar Cerrón, también salió en defensa de la iniciativa, pero mezcló el concepto de difusión de correspondencia con difamación, contemplado en otro artículo del Código Penal.
“Cada vez que se menciona algo en la manera en que debe conducirse la prensa, utilizan términos sensacionalistas como, por ejemplo, ‘ley mordaza’. No es ley mordaza porque temas personales, que no tienen que ver con el desarrollo de la democracia en el país, me parece que no deben publicarse porque vulneran la intimidad de la persona”, argumentó.
“Si son temas de investigación que se respeten como tal y que la fiscalía anexe en cada sector comunicativo su informe y de esa manera ya no tendremos problemas en saber quién es el responsable de haber difamado”, añadió.
Lee también | Diana Seminario: El Perú ratifica que evalúa retirarse del Sistema Interamericano de DD.HH
Idas y vueltas
Al presentar la propuesta, Cruz señaló que la propuesta “garantiza” el derecho a la intimidad de la persona y no “criminaliza la labor periodística” ni la publicación de información de interés público. Además, no es incompatible con la libertad de información y la cláusula de interés público y evita afectar a la investigación periodística responsable. Subrayó que la propuesta establece al perjuicio “como límite”.
“Se equipara la protección a las cartas y telegramas [...] a los email y chats de mensajería. Todo esto coherente con el reconocimiento de comunicaciones electrónicas en el Código Penal [...] Este vacío genera inseguridad jurídica y deja sin adecuada tutela penal a ciudadanos cuyos mensajes privados son difundidos sin autorización”, expuso.
“Solo se penaliza la publicación indebida de comunicaciones privadas, es decir, aquellas que no tienen relevancia pública y que se difunden sin autorización causando perjuicio. La sanción no será aplicable cuando la publicación responda a un interés público”, acotó.
Sin embargo, las precisiones hechas por Cruz no estaban plasmadas en el texto sustitutorio.
Lee también | La portátil digital del MTC: Al menos 80 cuentas bot replican los mensajes del ministro César Sandoval en redes sociales
A diferencia de la sesión anterior- donde los legisladores se dedicaron a quejarse de la prensa, en lugar de hablar sobre la propuesta- parlamentarios como Jorge Morante (Somos Perú) advirtieron que sería peligroso para los periodistas que no se precise en el texto que la prohibición es solo para aquellos chats difundidos “sin que medie interés público”.
“Sí debería considerarse en el artículo el hecho de sí son válidas este tipo de publicaciones cuando sean de carácter público o haya evidencia de la comisión de algún tipo de ilícito [...] Hay algunos ilícitos que pueden ser conocidos a través de comunicaciones electrónicas. El hecho de que no se contemple esto en el artículo implicaría que sería prácticamente imposible poder hacer la publicación del caso”, indicó.
En tanto, José María Balcázar (Perú Libre) consideró que también debe añadirse que la prohibición será “siempre y cuando no se constituyan hechos ilícitos”.
Lee también | Eduardo Arana pide al Congreso que avance con aprobación de la nueva Ley MAPE
A su turno, Roberto Sánchez (Juntos por el Perú- Voces del Pueblo - Bloque Magisterial), recordó que los ciudadanos están sometidos al escrutinio público por lo que se mostró a favor de la propuesta de Morante. “Con eso vamos a evitar que se criminalice la labor de la prensa”, aseveró.
Tras las intervenciones de Morante, Balcázar y Sánchez, el tema pasó nuevamente a cuarto intermedio durante algunos minutos.
Mira aquí el debate del 10 de septiembre:

Luego de un breve cuarto intermedio, Cruz leyó un texto que solo recogía las propuestas de Morante y Sánchez. En esta ocasión intervino Echaíz para mostrar resoluciones del Tribunal Constitucional en materia de obtención de información y opinó que el tema requería de un mayor análisis. Finalmente, el texto volvió a pasar a cuarto intermedio y será votado el próximo 17 de septiembre.
| Artículo actual | Propuesta inicial | Versión del predictamen (Con las sugerencias del 3 de septiembre) | Sugerencias antes del nuevo cuarto intermedio |
|---|---|---|---|
| Publicación indebida de correspondencia: El que publica, indebidamente, una correspondencia epistolar o telegráfica, no destinada a la publicidad, aunque le haya sido dirigida, será reprimido, si el hecho causa algún perjuicio a otro, con limitación de días libres de veinte a cincuentidós jornadas. | Publicación indebida de las comunicaciones. El que publica, indebidamente, una correspondencia epistolar, telegráfica de mensajería instantánea o correo electrónico, no destinada a la publicidad y sin que medie interés público, aunque le haya sido dirigida, será reprimido, si el hecho causa algún perjuicio a otro, con limitación de días libres de veinte a cincuenta y dos jornadas. | Publicación indebida de correspondencia: El que publica, indebidamente, una correspondencia epistolar, telegráfica de mensajería instantánea o correo electrónico, no destinada a la publicidad, aunque le haya sido dirigida, será reprimido, si el hecho causa algún perjuicio a otro, con 60 a 120 días multa. | 1.Añadir frase “sin que medie interés público”. 2.Añadir “siempre y cuando no se constituyan ilícitos penales”. 3.Analizar fallos del TC presentados por Gladys Echaiz. |
Lee también | Ministro Carlos Malaver será interpelado por el Congreso este jueves 11 de setiembre
Advierten que peligro persiste
En diálogo con El Comercio, Zuliana Lainez, presidenta de la Asociación Nacional de Periodistas (ANP); y Erick Iriarte, presidente del Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana, advirtieron que la propuesta continúa siendo peligrosa. En tanto, Roberto Pereira, abogado especialista en libertad de expresión, tuvo una opinión distinta.
Lainez señaló que el problema principal sigue siendo quién va a definir qué es el interés público. “¿Quién va a definirlo? Si bien es cierto que hay algunos fallos del TC sobre el interés público, aquí lo peligroso es que van a dejar a un operador de justicia o juez definir qué es interés público y qué no”, aseveró.
“¿Qué necesidad hay de tener un marco normativo de esta naturaleza? ¿Cómo se acordaron de que faltaba actualizar un artículo del Código Penal que hablaba de cartas epistolares y ahora quieren incorporar lo de mensajería instantánea?”, criticó.
Cuestionó también si los chats ‘ La Botica’ o ‘Mototaxi’ se habrían considerado del ámbito privado o público con una norma como esta en vigencia.
“Aquí más allá de los días multa es que estamos nuevamente manoseando el tema de las libertades informativas y aprovechando cualquier brecha que hay para poner en cuestión el trabajo de los periodistas. Los debates han sido una vergüenza, en especial el de la semana pasada”, afirmó.
Finalmente, subrayó que, aunque la propuesta haya pasado a cuarto intermedio, sigue siendo riesgosa porque se deja en manos de un juez la interpretación de qué es o no interés público.
Lee también | Sede de la Cancillería en Jr. Santa Rosa ahora se llamará “Embajador José Antonio García Belaúnde”
Por su parte, Iriarte indicó que la congresista Gladys Echaíz, en su participación, expuso fallos del TC que “no tienen nada que ver” con la publicación de comunicaciones sino sobre la obtención en otras fuentes de almacenamiento, como USB y otros tipos. “Son comunicaciones diferentes y mecanismos diferentes y lo vuelven a pasar a cuarto intermedio”, advirtió.
El integrante del Consejo de la Prensa opinó que no hay que perder de vista el nuevo texto que ahora elaborará la Comisión de Justicia.
Iriarte también compartió la postura de Lainez: Para algunos el chat o correo será de interés público y para otros no. No obstante, subrayó que actualmente los jueces ya deciden al respecto.
Sin embargo, señaló que no se puede dejar de tomar en cuenta cuál es el sentido y la intención de la propuesta: buscar restringir la labor de la prensa. “Es interesante ver cómo los extremos sienten que la prensa y la difusión de información ligada a funcionarios públicos son un peligro para ellos. Se siguen olvidando que hay una normativa de transparencia que dice que los correos electrónicos de funcionarios son de acceso público”, reiteró.
Lee también | Gino Ríos se mantiene como presidente de la JNJ por voto mayoritario de su pleno
Pereira tuvo una postura diferente. Bajo su mirada, aunque no se puede negar que la intención de los congresistas es limitar la labor de la prensa, si el texto mantiene la frase “sin que medie interés público”, no afectará a los periodistas.
El abogado señaló que es facultad de los medios determinar, en primer lugar, qué es interés público, y luego de los jueces. Añadió que existen fallos del Tribunal Constitucional al respecto.
Agregó que el TC también ha establecido que cuando una de las personas que participan de la conversación la difunde no se configura la violación al secreto de las comunicaciones, aunque parezca que el artículo 164 dispone lo contrario.
Indicó, además, que en el caso de quienes no participan de la conversación, pero tienen acceso a ella a través de fuentes, como los periodistas, la jurisprudencia ha establecido - que siempre que el contenido no haya sido obtenido de manera ilícita-si es de interés público “no incurre en una afectación al secreto de las comunicaciones”.











