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Presidencia acusa a la prensa de provocar “confusión social”: los argumentos para negar nuevo pedido de información sobre aumento de sueldo de Dina Boluarte
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Para el Despacho Presidencial, la prensa ha provocado “percepciones distorsionadas en la opinión pública”, “confusión social”, interpretaciones “erróneas” y “sesgadas”, “presiones indebidas” y “tratamientos sensacionalistas” al informar a la ciudadanía sobre el proceso que puede llevar a un aumento de sueldo de Dina Boluarte como jefa de Estado. Con esos argumentos, el Ejecutivo volvió a negarse a un nuevo pedido para hacer públicos los informes que forman parte de ese procedimiento, el cual -alegan- sigue sin una decisión final.
La postura palaciega fue manifestada como parte de una respuesta a un pedido de información hecho por un periodista de El Comercio. Tal como ocurrió con otros documentos ligados a ese procedimiento, que la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y el Ministerio de Economía (MEF) se negaron a entregar, se alegó que lo requerido formaba parte de un proceso de decisión del Ejecutivo todavía en marcha.
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Sin embargo, esta vez la respuesta vino del propio Despacho Presidencial e incluyó un análisis del “ámbito político” y el “ámbito social” para tomar esta decisión. Ahí se critica la labor de este Diario y de otros medios de comunicación al informar sobre este procedimiento y supuestamente generar una serie de perjuicios en la decisión que adoptará el Consejo de Ministros sobre el tema.
Todo esto a pesar de que -como establecen las normas- el pedido fue hecho por un periodista a título personal, como cualquier otro ciudadano, sin indicar el medio para el que trabajaba, que se tenía un fin periodístico o que se iba a publicar en un medio de comunicación.

El 25 de mayo, el dominical Panorama reveló un oficio enviado en febrero pasado por el subsecretario general del Despacho Presidencial a la Secretaría General de la PCM.
Allí se hace referencia a otros dos documentos del Despacho Presidencial, se alude a “las acciones necesarias” para establecer la valorización de puestos en Palacio de Gobierno y se pide “gestionar las acciones pertinentes” de acuerdo con la Ley del Servicio Civil.
El documento evidenció que el impulso al procedimiento, el cual derivó en un informe del MEF que recomienda que el sueldo de Dina Boluarte sea de S/ 35 mil, partió de Presidencia, algo que desde el Ejecutivo había sido negado.
A partir de ello, El Comercio hizo un pedido de acceso a la información para conocer el contenido de esos otros dos documentos que acompañaban y sustentaban el oficio dirigido a la PCM: un informe de la Oficina General de Recursos Humanos del Despacho Presidencial y uno de su Oficina General de Asesoría Jurídica. La respuesta de Palacio de Gobierno llegó el 10 de junio por la noche.
En el texto, la encargada de la Oficina General de Recursos Humanos de Palacio, Yazmín Fiestas, señaló, entre los antecedentes del documento, el pase de los funcionarios y trabajadores del Despacho Presidencial a la Ley del Servicio Civil y la emisión del Cuadro de Puestos de la Entidad. En este, sin embargo, no se incluía el sueldo de la presidenta, el cual debía ser fijado por acuerdo del Consejo de Ministros.
Fue por ello, indica, que su oficina “elaboró el Informe N° 000069-2025-DP/OGRH, de fecha 06 de febrero de 2025, dirigido a la Subsecretaría General del Despacho Presidencial”, el cual “contiene la opinión técnica y las recomendaciones específicas respecto del procedimiento a seguir para culminar la valorización de los puestos del CPE del Despacho Presidencial que se encuentran pendientes de valorizar, como es el caso del puesto de presidente”.
Es decir, Palacio de Gobierno confirmó que ese informe emitido por el propio Despacho Presidencial se refiere a la “valorización” del puesto de presidente y que contiene “el requerimiento formal e inicial institucional para que, posterior a la opinión legal correspondiente, sea derivado a la Presidencia del Consejo de Ministros con el propósito de valorizar el puesto de presidente de la República”.
“Constituye una opinión técnica especializada con recomendaciones específicas que se configura como insumo técnico destinado a ser utilizado en el marco de un proceso deliberativo y consultivo previo a la adopción de una decisión gubernamental, desarrollando una opinión técnica especializada vinculada a la determinación de la compensación económica del cargo de presidente”, indicaron.

Sin embargo, la respuesta de Palacio también alega que no se puede entregar el documento porque se trata de información vinculada a un “proceso deliberativo” del Ejecutivo todavía en marcha, lo que constituye una excepción en la Ley de Transparencia. Como indicamos, se trata de la misma respuesta dada por la PCM y el MEF ante pedidos similares hechos por este Diario sobre el tema.
No obstante, esta vez desde Palacio también alegan que “la doctrina jurisprudencial y las opiniones consultivas emitidas por la Dirección General de Transparencia” han establecido otra condición para las excepciones que permiten no entregar información: el riesgo de que “la publicidad, conocimiento o divulgación prematura e intempestiva de dichos consejos, recomendaciones u opiniones, al momento de su valoración por la autoridad competente, interrumpa, menoscabe, inhiba o afecte de algún modo -o tenga el potencial real y concreto de hacerlo- la posterior adopción de la decisión final y el debido cumplimiento de las funciones del tomador de la decisión, órgano o entidad requerida”.
A partir de eso, el documento pasa a analizar el posible impacto de la información requerida en distintos aspectos referidos al Despacho Presidencial, comenzando por el “ámbito de la entidad”.
Allí se alega que “el conocimiento o divulgación prematura de los aspectos técnicos y recomendaciones derivados de la solicitud de valorización del puesto de Presidente de la República realizada por el Despacho Presidencial”, sin que este se haya terminado de determinar, significaría “interrumpir” este proceso.

Para Palacio de Gobierno, esta “interrupción” implicaría un “menoscabo al proceso deliberativo que corresponde al Consejo de Ministros para determinar la compensación económica del puesto de Presidente” y generaría “un retraso innecesario en el avance integral de la implementación final del régimen del Servicio Civil por parte del Despacho Presidencial
“Asimismo, ocasiona incertidumbre institucional y perjudicando (sic) la ejecución presupuestaria de la entidad (…) La divulgación anticipada de información técnica parcial condiciona las decisiones posteriores del proceso, comprometiendo la objetividad y el rigor técnico que debe caracterizar la evaluación”, indica el documento.
Luego se pasa a hacer un análisis del posible impacto de difundir esta información en el “ámbito político”, al sostener que el Despacho Presidencial “se encuentra permanentemente sujeto al escrutinio público y a cuestionamientos constantes por parte de diversos sectores de la opinión pública”. Es allí donde vienen las referencias y críticas directas a la prensa.
Es allí que, citando un informe sobre este tema publicado en El Comercio y artículos periodísticos de otros dos medios, Palacio de Gobierno sostiene que “la divulgación anticipada del requerimiento técnico para la valorización del puesto (…) repercute negativamente en la continuación del proceso de aprobación para la determinación de la compensación económica del cargo presidencial a cargo del Consejo de Ministros”.

“Esta situación genera un efecto dominó que deriva en el cuestionamiento indiscriminado de las remuneraciones de los demás funcionarios públicos que legalmente les corresponden, ocasionando que, por presión de la opinión pública, se retrase innecesariamente el avance integral de la implementación final del régimen del Servicio Civil en el ámbito público”.
También sostienen que esta “revelación prematura de información técnica genera controversias políticas anticipadas que interfieren directamente con el proceso deliberativo que le corresponde por competencia al Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros, menoscabando la capacidad del Poder Ejecutivo para evaluar objetivamente las propuestas técnicas al verse presionado por debates públicos que anteceden a la decisión formal”.
Es decir, sostienen que lo ya publicado por la prensa sobre este tema “inhibe la libre deliberación de las autoridades competentes, quienes podrían verse condicionadas por la presión política y mediática, afectando la independencia técnica del proceso de toma de decisiones”.
Según indican: “esta exposición mediática prematura inhibe la libre deliberación de las autoridades competentes, quienes podrían verse condicionadas por la presión política y mediática, afectando la independencia técnica del proceso de toma de decisiones y la correcta evaluación de los criterios profesionales y normativos que sustentan la valorización del puesto, comprometiendo así la objetividad y eficacia del proceso administrativo”.
En esa misma línea, el informe también aborda el posible impacto de esta información “en el ámbito social”: sostienen que la difusión de información sobre este tema, “sin el contexto adecuado ni la decisión final adoptada, ha generado especulaciones, interpretaciones erróneas y percepciones distorsionadas en la opinión pública respecto a las políticas remunerativas del Estado, materializándose así un daño efectivo”.
“Esta situación genera malestar y confusión social infundado (sic) e incrementa las peticiones de acceso a la información sobre remuneraciones dirigidas a la entidad, las cuales se encuentran pendientes de deliberación y aprobación por parte del Consejo de Ministros. El desconocimiento ciudadano sobre el estado procesal de estas decisiones conllevaría a la formulación de solicitudes de información sobre procesos inconclusos -como el presente caso-, generando expectativas improcedentes y debates polarizados basados en información parcial o técnica que carece del análisis integral”.

Con todo ello, concluyen que esto “erosionaría la confianza ciudadana en las instituciones públicas al crear una percepción de opacidad o dilación injustificada en procesos que siguen su curso regular” y ocasionaría “cuestionamientos prematuros sobre la gestión de recursos públicos antes de que se complete el análisis técnico integral y se adopte la decisión definitiva conforme a los procedimientos legales establecidos”.
“Esta situación afectaría la gobernabilidad institucional y la estabilidad del proceso administrativo y remunerativo, al someter a presión indebida tanto a las autoridades competentes como al sistema de toma de decisiones, comprometiendo la objetividad técnica que debe caracterizar estos procesos y generando un ambiente de incertidumbre que podría influir negativamente en la eficiencia de las decisiones finales”.
La conclusión del informe, a raíz de estos supuestos, es que se debe negar el acceso al documento solicitado por ser parte de un proceso deliberativo aún no terminado y, nuevamente, por su “potencial real y concreto de afectación que su divulgación prematura tendría sobre la culminación exitosa del proceso decisorio en los ámbitos institucional, político y social”.
Eso sí: alegan que una vez que este proceso termine con la emisión del acuerdo del Consejo de Ministros sobre este tema, recién se habilitaría “el acceso ciudadano a la documentación técnica de respaldo sin generar interferencias en el desarrollo del proceso de toma de decisiones, resultando esencial la diferenciación cronológica entre la fase consultiva previa y la resolución gubernamental definitiva para establecer el momento idóneo en que la información puede ser puesta a disposición del público”.

La segunda parte de la respuesta está firmada por Fiorella Gotelli, jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Despacho Presidencial. La funcionaria se limita a señalar que el documento requerido “versa sobre lo solicitado por la Oficina General de Recursos Humanos de la entidad (…) respecto a la valorización del puesto de Presidente de la República, como parte del proceso de Tránsito a la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil” y que “contiene recomendaciones previas para la evaluación y posterior emisión del decreto supremo que establezca la compensación económica correspondiente”.
Luego, se dan los mismos argumentos para justificar la negativa a entregar el informe requerido: que se trata de un proceso de deliberación en desarrollo y que existe el riesgo de que la difusión de “consejos, recomendaciones u opiniones” de este proceso “inhiba o afecte de algún modo -o tenga el potencial real y concreto de hacerlo- la posterior adopción de la decisión final y el debido cumplimiento de las funciones del tomador de la decisión, órgano o entidad requerida”.
Sobre este segundo punto, la Oficina de Asesoría Jurídica de Palacio sostiene que el procedimiento para que el Ejecutivo fije el sueldo que le corresponde a la presidenta “ésta actualmente menoscabada” ante “la divulgación prematura de una recomendación que forma parte del expediente del proceso deliberative”. Para ello, citan hasta siete publicaciones periodísticas: un informe de El Comercio, otras seis publicaciones de medios locales y uno de la agencia española EFE.

“Luego de un análisis grosso modo se advierte cierto grado de subjetividad con la que se trata dicho proceso, además del desconocimiento sobre proceso correspondiente a la valorización del puesto del Presidente de la República así como la regulación vigente en que se ampara dentro del sistema administrativo de gestión de recursos humanos”, dice Palacio sobre esas publicaciones.
Añade que si la información es publicada, esta puede “afectar de algún modo” al proceso por la “continuidad de comunicaciones emitidas públicamente; y por el “uso adverso de la misma, que podría generar una distorsión en la toma de decisiones por parte del Consejo de Ministros”.
“En tanto el contenido de dicho informe se elaboró como parte del soporte jurídico interno para el inicio de una evaluación y decisión pendiente de adopción, su difusión prematura afectaría la libertad de deliberación de los órganos competentes (Presidencia del Consejo de Ministros y Ministerio de Economía y Finanzas) (…) La entrega del documento solicitado podría comprometer la adecuada conducción del proceso de toma de decisiones en el ámbito del Poder Ejecutivo”.
Finalmente, como en el caso anterior, se indica que los documentos recién podrían hacerse de conocimiento público luego de una decisión. Es decir, luego del posible aumento de sueldo de Dina Boluarte.

Rechazan la respuesta de Palacio
Especialistas consultados por El Comercio rechazaron los argumentos a los que recurrió el Despacho Presidencial para dar esta respuesta. Lo calificaron como un “absurdo”, una “distorsión de la Ley de Transparencia “y una muestra más del secretismo del Ejecutivo ante temas que puedan ser incómodos y la actitud contra los medios de comunicación de la gestión que encabeza Dina Boluarte.
Roberto Pereira, abogado especialista en temas de acceso a la información y asesor jurídico del Instituto Prensa y Sociedad (IPYS), indicó que el “privilegio deliberativo” que restringe el acceso a información sobre decisiones en trámite del Ejecutivo se aplica para temas que tienen impacto en los derechos o intereses de un determinado grupo de ciudadanos. “Justamente, es para evitar que los intereses en pugna influyan en los funcionarios que decidirán”, precisó. Ese no el caso del sueldo presidencial.
“Ese es un acto de administración interna: decidir cuánto va a ganar un funcionario. Normalmente, eso no tiene un máximo interés público si se trata de un funcionario de menor nivel; pero como hablamos de la Presidencia, eso le dota un interés público especial, mas no es un acto de gobierno, es un acto de la administración. Por lo tanto, esa causal no se aplica, no cabe un privilegio deliberativo para decidir el suelo de la presidenta”.
Por el contrario, indicó que este es un caso donde “prevalece el interés público, porque se trata precisamente del sueldo de la presidenta. No puede invocarse ninguna causal de confidencialidad, de secreto, de reserva por ese interés público prevalente”.
Junto a esto, indicó que el Despacho Presidencial no cumple con probar que la información solicitada pueda provocar “un daño grave, inminente y cierto, como un daño a la seguridad nacional o a la intimidad de las personas”.
“Acá nada de eso ocurre. Que el Consejo de Ministros invoque un privilegio deliberativo es absurdo. Es un ente político del máximo nivel. Parecería absurdo que se pueda intimidar porque hay una discusión pública en relación con un tema de interés público. ¿Cuántos asuntos ha decidido el Consejo de Ministros en contra, por ejemplo, de la opinión pública mayoritaria? Hay miles de ejemplos”.
Por todo ello, calificó la respuesta dada desde Presidencia como “manifiestamente inconstitucional, ilegal, que no se respalda en la Ley de Transparencia”. “Más bien, se inscribe en una lógica de voluntad secretista para ocultar una información que políticamente le puede ser incómoda al gobierno; pero la ley de transparencia no está para proteger las incomodidades del gobierno”, consideró.

Esta incomodidad, agregó, se evidencia con las citas que hacen a publicaciones periodísticas: “Ciertamente, (el tema) incomoda al gobierno, a la presidenta, pero estas no son causales para no entregar información sobre una materia que es de altísimo interés público, como la remuneración de la presidenta. Esta respuesta ratificar la ilegalidad de esta negativa de entregar información pública y (muestra) que, en el fondo, de lo que se trata es de protegerse de la crítica política, que es una crítica legítima, válida y deseable en una democracia”.
Para el abogado, es contradictorio que se citen notas periodísticas específicas sobre un tema y al mismo tiempo se quiera seguir tratando el tema como si fuese reservado.
“Si el tema ya es público, si, ya no puedes invocar una causal de excepción de acceso a la información pública. El presupuesto para eso es que el asunto no sea público y este ya lo es. Es absurdo que el gobierno pretenda mantener en la opacidad todo el procedimiento y los documentos producidos a propósito de esta iniciativa de incrementar el sueldo a la presidenta”, dijo.
“Esto yo lo enmarco en ese patrón lamentable que sigue este gobierno de absoluta hostilidad a la prensa, la transparencia y al acceso a la información pública. Las evidencias están allí: la negativa a dar declaraciones, las declaraciones de la presidenta contra la prensa, acusándola de estar en un complot para desestabilizar el gobierno, el intento de expropiar 40 minutos de la parrilla programación de los medios, encerrar a los periodistas para que no tengan contacto con ella cuando van a cubrir algún acontecimiento en aquella partida. Creo que eso es parte de ese esquema y, lamentablemente, algunos funcioneros públicos están prestando a sostener ese tipo de comportamiento”, concluyó
El abogado Erick Iriarte, especialista en derecho digital y presidente del Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana, remarcó que la Constitución es clara en establecer que toda persona tiene el derecho a solicitar y recibir información de cualquier entidad pública, al margen de que uso periodístico o de cualquier otro tipo.
“Por lo tanto, (ese derecho) no puede limitarse en ninguna forma, ni de manera previa ni posteriormente, diciendo que debe impedirse el acceso porque el solicitante pueda tener una vinculación con un medio de comunicación o lo pudiera utilizar para la prensa”, dijo.
“Lo que están haciendo es una censura previa de contenidos, en la medida de que impiden (acceder a) la información que sirve para transparentar el accionar público”, remarcó.
Otro elemento clave, remarcó, es lo que se plantea como “cuestionamiento a la prensa”: el supuesto “menoscabo del proceso deliberativo” del Consejo de Ministros.
“El proceso deliberativo no se menoscaba porque la prensa pueda revelar información a la cual accede. Al contrario, (esa información) tiene que ser utilizada como un elemento más en la toma de decisión (…) Está claro que el Despacho Presidencial se refiere a esto como si ya fuera una decisión en curso, que aún no está completada de tomar, pero que no quieren que sea afectada”.
Añadió que las decisiones públicas se deben basar en “conceptos técnicos y normativa vigente”, por lo que cuestionó que la información periodística pueda “tener tal injerencia, menoscabar la decisión o interrumpir una decisión que aparentemente está ya tomada”. “Lo que sí es claro es que la revelación de la prensa muestra más bien una decisión que no había sido pública, que no había sido transparentada y que, sin embargo, estaba comenzando a ocurrir”.
“Lo que hace (esta repuesta) más bien es dar más insumos para decir que están apuntando hacia la prensa como un desestabilizador de la democracia. Esto ya está bastante fuera de toda forma y lugar. Sobre todo, esta expresión de los ‘cuestionamientos constantes por parte de diversos sectores de la opinión pública’ o sobre la ‘información parcial, tratamientos sensacionalistas y interpretaciones sesgadas’. Lo que no entiende el gobierno es que la labor de la prensa es cuestionar al poder público. Hacen mal en apuntar hacia la prensa, cuando además agrupan a los medios con sectores políticos”.
Adicionalmente, recordó que “la búsqueda de información por parte de la prensa no es para molestar a la presidenta, para que se incomode o para que se afecte una toma de decisión pública. Al contrario, es para que la toma de decisión pública sea basada en información consensuada, validada, en contraste con lo que dice la opinión pública.

“Esto es sumamente importante porque si bien las entidades públicas tienen un poder delegado para la ejecución y el ejercicio de la función pública, parte de este ejercicio el del control ciudadano, la veeduría ciudadana, la transparencia de la información para que esas decisiones no sean arbitrarias ni afecten a la ciudadanía, al erario público o a la democracia”, indicó.
En ese sentido, Iriarte criticó que se usen citas a medios de comunicación para sostener que estos “repercuten negativamente en la continuación del proceso de aprobación”.
“No repercuten negativamente, sino que hacen los obligan a tomar una mejor decisión, una decisión transparentada, que sea de acuerdo con el contexto social (…) En lugar de mejorar su posición para una toma de decisión suya, al final lo que hacen es que la ciudadanía los va a seguir cuestionando por una toma de decisión no transparencia”.
Finalmente, rechazó que el Consejo de Ministros pueda verse afectado en lo que decida sobre este tema a partir de publicaciones periodísticas, sino que “al contrario, ese es un argumento precisamente para que la prensa publique esta información y se ha divulgada”. “Si la decisión se toma basada con el vaivén de la opinión de terceros, puede ser que no haya estado bien fundamentada técnicamente y que requiera de mayor análisis; pero que además que requiera de una visión desde la sociedad civil, desde el sector privado, la opinión consultiva de expertos”.
“El argumento detrás es decir: la prensa está contra el gobierno. La prensa no está contra el gobierno, la prensa tiene como labor cuestionar el poder de quien lo ejerza, público o privado, como ejercicio democrático”, agregó Iriarte. También cuestionó cuál hubiese sido la respuesta si quien pedía la información no era un periodista: “¿Acaso el acceso a la información pública es hecho a la medida del peticionario? La ley dice que todos pueden pedir, indistintamente si son o no son periodistas”.
Finalmente, el abogado manifestó que “la mejor manera de gobernar, aún en los momentos más difíciles políticamente, es basarse en la transparencia y permitir el acceso a la información pública para que se tome un real conocimiento de qué hace el gobierno”. “¿Eso te puede demorar en alguna toma de decisión? Sí, pero vas a tener transparencia con la ciudadanía, le va a permitir al ciudadano sentir que quien está gobernando no lo hace a escondidas ni con trucos para tener beneficio”, dijo.











