

El Tribunal Constitucional (TC) anuló la condena de 3 años de prisión suspendida impuesta al excongresista Humberto Acuña, hermano del líder de Alianza para el Progreso (APP), César Acuña, y ordenó al Poder Judicial emitir una nueva sentencia.
Fue al declarar nulas la Resolución 17, del 2 de diciembre de 2019, expedida por el Décimo Juzgado Penal Unipersonal Permanente Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque; y la Resolución 25, del 1 de setiembre de 2020, expedida por la Tercera Sala Penal de Apelaciones del mismo distrito judicial.
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Asimismo, el TC anuló el auto de calificación del 27 de agosto de 2021, expedido por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, en los extremos referidos al exparlamentario de APP.
El tribunal también ordenó al Décimo Juzgado Penal Unipersonal Permanente Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque que renueve la sentencia anulada basándose en los fundamentos del fallo.
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De este modo, el TC declaró fundada en parte la demanda de amparo presentada por Acuña Peralta respecto a los derechos a la presunción de inocencia, de defensa y a la debida motivación de las resoluciones judiciales.
En su resolución los magistrados del Tribunal Constitucional señalaron que las grabaciones telefónicas constituyen material ilícito, pues la interceptación fue autorizada por el Poder Judicial sin la debida motivación.
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“Vulnerar el secreto de las comunicaciones de una persona a la que no se le imputa ningún hecho que lo justifique o fundamente, es un acto evidentemente irregular y no algo que pueda ocurrir de buena fe”, expresó.
“La cadena de vulneraciones continúa cuando la información obtenida ilícitamente sirve para acusar, procesar y condenar a un tercero sin relación alguna con los hechos materia de investigación, sin su conocimiento y sin posibilidad de defenderse oportunamente de tales hechos. De esta forma, se configura una vulneración al derecho de defensa del recurrente”, agregó.
El caso
Como se recuerda, en diciembre del 2019, Humberto Acuña fue condenado en primera instancia, en calidad de cómplice del delito de cohecho activo genérico por lo que se le impuso 3 años de pena privativa de libertad, suspendido en 2 años.
Además, se le impuso la inhabilitación de tres años para ejercer cargos públicos y se le impuso 274 días multa que equivalen a S/ 68.199. Además, pagar S/30 de reparación civil de manera solidaria con sus coprocesados.
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El colegiado concluyó que Acuña Peralta autorizó a su cuñado Elver Díaz Bravo para que convenza al policía anticorrupción, Joel Ugaz Cubas, para que lo favorezca en una investigación a cambio de S/750. Para ello, se tomaron en cuenta escuchas telefónicas realizadas con autorización judicial.
En setiembre del 2020 la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Lambayeque ratificó, por unanimidad, la condena.
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