El juez Raúl Justiniano dictó 30 meses de prisión preventiva contra la empresaria Sada Goray y Mauricio Fernandini, investigados por el presunto copamiento en el Fondo Mivivienda (FMV) y otras entidades estatales durante el gobierno de Pedro Castillo. La medida, que se impuso también para los exfuncionarios Pedro Arroyo y Roger Gavidia, estará vigente hasta el 7 de enero del 2026.
El magistrado de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada (CSNJPE) reanudó este jueves a las 3:30 p.m. la audiencia de lectura de su resolución frente a este pedido, formulado por el equipo especial de fiscales contra la corrupción en el poder. La diligencia había iniciado el miércoles por la tarde, cuando se extendió por cinco horas y se suspendió para continuar al día siguiente.
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Los cuatro investigados fueron trasladados desde la sede policial del equipo especial de la Policía, donde cumplían detención preliminar desde el 7 de julio pasado, hasta la sede de la CSNJPE. Allí también estuvieron el representante de la fiscalía y los abogados.
PRIMERA PARTE DE LA AUDIENCIA
Los motivos de la decisión
En la audiencia, bajo la misma dinámica de la sesión previa, el juez retomó su lectura de los 181 elementos de convicción (evidencia) presentados por la fiscalía contra Goray. Luego, leyó la imputación contra ella por el delito de colusión agravada como parte de una organización criminal, como el objetivo de copar entidades como el FMV para favorecer los intereses de Marka Group, su grupo empresarial.
A manera de conclusión, el juez señaló que “de la imputación y elementos de convicción, de acuerdo a lo oralizado en audiencia y verificado de la documentación ofertada por el Ministerio Público”, era posible “advertir” la presunta comisión de los hechos atribuidos por la fiscalía a la investigada. Se le atribuye haber entregado S/ 5.4 millones, con Fernandini como uno de sus intermediarios, a Salatiel Marrufo, exjefe del gabinete de asesores del Ministerio de Vivienda.
Estos hechos incluyen una reunión virtual con el exministro de Vivienda Geiner Alvarado y reuniones presenciales con su exasesor Salatiel Marrufo, la existencia de un “flujo de dinero” y entregas de dinero “hasta en una batea”, e incluso el acuerdo entre estos dos para que parte del dinero sea entregado al expresidente Pedro Castillo, a su hermana, y para pagar a congresistas para que voten contra de la vacancia de diciembre del 2021.
También mencionó el nombramiento de los directores del FMV y el “copamiento” de funcionarios en la SBN y la Sunarp, esto último para favorecer a la investigada en una controversia en torno a la inscripción de un terreno. “En ese sentido, consideramos que resultan atendibles los elementos de convicción respecto de la investigada”, determinó.
Luego, el juez Justiniano pasó a leer los 53 elementos de convicción presentados contra Mauricio Fernandini y la imputación en su contra, que inicia con el primer contacto con Geiner Alvarado y Salatiel Marrufo, y con las posteriores reuniones con Goray.
En su caso, determinó que “la intervención del investigado está en el hecho del primer contacto para que se mueva todo el aparato, por decirlo así; en el hecho de haber participado en la entrega del dinero directamente, de haber recibido dinero directamente, de haber participado de las reuniones para efectos de que se concreten los actos delictivos”
Así, consideró que “sí existen los fundados y graves elementos también en contra de este investigado para efectos de amparar el pedido de prisión preventiva, conforme lo solicita el representante del Ministerio Público”.
El juez culminó de leer toda la evidencia contra los otros dos investigados para finalmente determinar que también había evidencia grave respecto a ellos, los cuales los vinculan con los actos ilícitos que les atribuye el equipo especial de fiscales contra la corrupción en el poder del Ministerio Público. Con ello se cumplió el primer requisito.
Trae esto, el magistrado analizó el peligro procesal, que consiste en el riego de que los investigados fuguen de la justicia o obstaculicen la investigación. En cuanto a Sada Goray, determinó que no tiene un arraigo domiciliario de calidad al tomar en cuenta que tiene domicilios en el Perú, en Panamá y en Estados Unidos, además de una cédula de identidad en República Dominicana. Lo mismo se resolvió respecto a su arraigo familiar, al considerar que “no ha estado viviendo con sus hijas”, y su arraigo laboral.
Con todo ello, también consideró que “podría tener facilidades para salir del país”. Luego, advirtió que la investigada “podría influenciar” en sus coinvestigados a raíz de sus vínculos con cuatro de ellos, entre los que está su exesposo Luis Mesones.
“No tendría arraigo domiciliario, familiar, de negocios, tendría facilidades para escapar del país, existe gravedad de la posible sanción que se le pueda imponer y podría influenciar para que sus coinvestigados puedan declarar en forma distinta”, afirmó.
En cuanto a Fernandini, el juez señaló que si bien tiene domicilios en Lima, “no genera convicción” que uno de sus departamentos habría siso usado para las entregas de dinero que se vienen investigado, “el uso de la residencia para otro tipo de actividades distintas a la residencia ya no es [arraigo] de calidad, es como una persona que vende droga en su casa”.
“¿Qué tipo de residencia de calidad va a tener si en esa casa está cometiendo o facilitando el acto delictivo? […] En este caso, según lo declarado por los testigos, en ese inmueble se habría entregado dinero, se habría recibido dinero”, dijo el juez.
Además, indicó que tampoco tiene arraigo laboral y que existe riesgo de que obstaculice la investigación, en la medida de “destruir, modificar, ocultar, suprimir o falsificar documentos de prueba respecto a los bienes con los que cuenta o contaba”. Esto en relación a sus trámites para desprenderse de bienes en favor de su hermana.
“Todos los investigados cumplen con el peligro procesal para que se dicte en su contra los mandatos de prisión preventiva”, afirmó el juez, a modo de conclusión sobre este punto, considerado el más importante para dictar una prisión preventiva.
Luego, consideró que la prisión preventiva era la medida de prisión preventiva es “atendible y proporcional” para asegurar la presencia de Sada Goray en el proceso judicial en su contra. Los mismo se señaló respecto a Mauricio Fernandini y los otros dos investigados.
Finalmente, resolvió que el plazo de la prisión preventiva debe ser de 30 meses y no los 36 meses que solicitó el equipo especial de fiscales contra la corrupción en el poder. Esto debido a que ya se ha avanzado las declaraciones de los mismos investigado y de cuatro colaboradores eficaces.
Con todo ello, el juez declaró fundado el pedido del Ministerio Público y ordenó que los investigados sean internando en un centro penitenciario que determine el Inpe. Ante esto, la fiscalía apeló para que el plazo sea de 36 meses, mientras que los abogados hicieron lo mismo contra la imposición de la medida.
Así, se prevé que una sala de apelaciones revise en segunda instancia la decisión del juez Justiniano en las próximas semanas. Sin embargo, por ahora Sada Goray y sus coinvestigados deberán ser recluidos en un penal.