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De acuerdo a la información del organismo electoral, el partido político liderado por César Acuña recibió en 2010 tres aportes de la UCV por un total de S/ 1´155.544, excediendo en S/ 939.544 el tope máximo de ese entonces- que era de S/ 216,000- obteniendo “una ventaja electoral indebida respecto a las demás organizaciones políticas, al contar con mayores recursos, recibidos en exceso, provenientes de una misma persona jurídica”.
La multa que se estableció inicialmente contra APP fue de más de 9 millones de soles. Sin embargo, el partido apeló y en el 2014, el Jurado Nacional de Elecciones la redujo .
En 2015, la ONPE indicó que “la sanción no pudo concretarse desde el 2011 debido a los sucesivos recursos de apelación y reconsideración presentados” por Alianza para el Progreso.
En marzo de ese mismo año, el ente electoral exhortó a la organización política a cumplir con el pago. Sin embargo, según ONPE, APP “hizo caso omiso a las notificaciones para cumplir con el pago de la referida multa”. Debido a ello, inició un proceso de cobranza por la vía judicial.
En primera instancia, la resolución fue a favor del organismo electoral. Y en septiembre de 2019, la Segunda Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo revisó el caso en segunda instancia. No obstante, han pasado más de dos años y el proceso judicial continúa y no hay sentencia.
Ayer, el organismo electoral informó a El Comercio que “este proceso aún no se encuentra sentenciado y la organización política no ha pagado hasta la fecha” la deuda que tiene con ellos.
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—Explicaciones—
El secretario general de APP, Luis Valdez, señaló que no conoce los detalle de este proceso. Sin embargo, calificó este tipo de sanciones como “iracundas”.
“¿Cuáles son los ingresos de los partidos políticos? Si vivimos de una transferencia del Estado que es mínima, pero no hay fuentes directas para cumplir con compromisos de cierta naturaleza [...] Las sanciones deben ser de otra índole. Seamos más creativos. No se trata de voluntad sino de capacidad de pago, un partido político no es una empresa. No se trata de voluntad sino de capacidad de pago, un partido político no es una empresa”, añadió.
“Hay una especie de ensañamiento contra los partidos políticos en desacreditarlos y extinguirlos, no es fácil hacer política”, expresó también Valdez.
Este Diario también se contactó con Marisol Espinoza, gerenta de APP, quien respondió que el “proceso se encuentra en etapa judicial”.
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El especialista en tema electorales José Manuel Villalobos explicó a El Comercio que el artículo 30 de la Ley de Organizaciones Políticas, que hace referencia al monto que deben recibir los partidos políticos como aportaciones, cambió con el tiempo.
“En ese año una universidad, que era una persona jurídica, podía donar. Ahora ya no, ahora solo pueden donar las personas naturales. Eso cambia a raíz del caso Odebrecht. Se hicieron unas reformas a la Ley de Partidos Políticos en el Congreso y se cortaron las donaciones de las personas jurídicas y empresas”, agregó.
“La ley original es del 2003. Ahora la universidad ya no puede financiar a APP. Además, con las reformas ahora ya hay cobranza coactiva. Antes, la única forma que había de cobrar las multas era de manera judicial”, dijo también.
A criterio del especialista, “las multas deben tener proporcionalidad” y este tipo de situaciones “deben ser evaluadas por los partidos políticos” en el Congreso.
Sobre el caso APP, Villalobos opinó: “La ONPE cobra una multa que el propio Congreso aprobó y quien rompió la norma es el propio partido”.