La CTS es un beneficio económico cuyas iniciales significan Compensación por Tiempo de Servicios. Es otorgado por empresas privadas a los trabajadores con la finalidad de construir un fondo en caso se termine el vínculo laboral, de tal forma que sirva como reserva mientras la persona se reincorpora al mercado laboral.
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La CTS puede ser depositada por las empresas hasta el lunes 16 de mayo del 2022. El beneficio equivale a un sueldo y se paga en dos partes (mayo y noviembre).
¿CÓMO SE CALCULA LA CTS?
El monto de la CTS que se deposita varía según el tipo de empresa y el tiempo laborado.
Mediana y pequeña empresa. Si el trabajador laboró el semestre completo, su CTS a depositar será el 50% del sueldo de abril del 2022 más un sexto de la gratificación recibida en diciembre del 2021. Si no ha trabajado el semestre completo, por cada mes laborado percibirá un sexto del sueldo más la gratificación.
Pequeña empresa. Si la pequeña empresa no está inscrita en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), todos sus trabajadores antiguos y nuevos tendrán derecho a CTS conforme a la regla general, que rige para la mediana y gran empresa. En caso sí esté inscrita, los trabajadores contratados antes del registro, tendrán derecho a la CTS. Si el trabajador fue contratado luego de la inscripción, recibirá solo el 50%.
Microempresa. Si la microempresa no está inscrita en el Remype, todos sus trabajadores tendrán derecho a la CTS bajo la regla general. Los trabajadores contratados antes de la inscripción tienen derecho a la CTS bajo regla general. Los que fueron contratados después, no tienen derecho a CTS.
LIBRE DISPONIBILIDAD DE LA CTS
El Congreso aprobó recientemente un dictamen que da luz verde a la libre disponibilidad del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre del 2023. La ley será enviada al poder Ejecutivo, que tiene 15 días para observarla o promulgarla.
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RETIRO CTS: LO QUE SE PUEDE HACER ACTUALMENTE
En la actualidad los trabajadores tienen la posibilidad de retirar el 100% de la CTS que excede a cuatro sueldos, los cuales son intangibles. Es decir, no se pueden tocar. Solo se puede retirar el monto que excede a los cuatro salarios.
El monto intangible se determina al considerar el último sueldo del trabajador a la fecha en la que solicita el retiro multiplicado por cuatro.
CASOS DE EMBARGO Y RETENCIÓN
¿Los depósitos de la CTS pueden ser embargados? Sí, cuando el trabajador tiene deudas por alimentos. Solo se puede embargar hasta el 50%.
¿QUÉ PASA SI NO TE DEPOSITAN LA CTS?
Las empresas que no depositen la CTS a tiempo pueden recibir multas por parte de la Sunafil (Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral). Existen tres escalas de multas: para micro empresa, pequeña empresa y para mediana y gran empresa.
Las infracciones se clasifican en leves y graves, mientras que para determinar el monto de la multa se toma en cuenta el sector de la empresa y el número de trabajadores.