En la actualidad, miles de peruanos pueden disponer del retiro de hasta el 100 % de los fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios () hasta el próximo 31 de diciembre de 2026. Es así que, durante el año, se deben realizar dos depósitos, es decir, en mayo y noviembre. Por ello, los usuarios pueden acceder a su , ya sea de manera parcial o total a través de los canales digitales de su entidad financiera (aplicación móvil o banca por internet), así como en las agencias presenciales de bancos y cajas a nivel nacional. Este derecho laboral busca proteger al trabajador formal frente a la contingencia del cese laboral, sirviendo como un respaldo económico cuando ya no se genera ingresos. En la siguiente nota te contamos todo lo que debes saber al respecto.

¿CUÁNTOS DÍAS DEMORA EN ESTAR DISPONIBLE LA CTS 2025?

Antes de mencionar la fecha límite de pago de la CTS, es importante recordar que, a través de la Ley n.º 32322, el Ejecutivo promulgó el pasado 9 de mayo en el Diario Oficial El Peruano el dictamen que permite el retiro de hasta el 100 % de los fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios, estableciendo como plazo hasta el 31 de diciembre de 2026. Así, la norma dispone que millones de trabajadores formales del país tendrán la posibilidad de retirar libremente la totalidad de sus depósitos acumulados en las entidades financieras, ya sea en una sola transacción o en varias. De esta manera, funciona como un fondo de ahorro obligatorio destinado a brindar protección económica al trabajador en caso de quedar desempleado, actuando como un respaldo financiero frente a la pérdida del empleo.

@ferllanosr Atento, se viene la CTS. Les presentamos #Las5PepasFinancieras 👇 Pepa 1: Hasta el 15 de noviembre tienen las empresas para depositar la CTS. Recuerda que si trabajaste de mayo a octubre te corresponde medio sueldo de compensación por tiempo de servicios, y si no, la parte proporcional por los meses que trabajaste. Está liberada hasta finales de 2026. Pepa 2: Esta semana inscriben solicitudes para retiro AFP: dígito 6 el 10 de noviembre, dígito 7 el 11 y 12 de noviembre, y dígito 8 el 13 y 14 de noviembre. Pepa 3: #Publicidad #XTB ♬ sonido original - Fernando Llanos

Los empleados del sector privado del país reciben la CTS en dos ocasiones al año (mayo y noviembre) para que puedan utilizarla en caso de urgencias, imprevistos o simplemente como un ahorro. Por ello, en esta oportunidad, el segundo depósito del año, en el que se hace un cálculo de los meses de mayo a octubre, se debe realizar como máximo el lunes 17 de noviembre, ya que 15 cae sábado, según el MTPE. Tras el depósito, el usuario verá el monto reflejado como “saldo contable” en su cuenta; sin embargo, después de aproximadamente 48 horas (dos días), el dinero quedará disponible para usarlo según lo considere conveniente el beneficiario. Cabe mencionar que, el pago está dirigido a los trabajadores del régimen laboral general de la actividad privada, que trabajan como mínimo una jornada de cuatro horas todos los días.

¿QUÉ SUCEDE SI UN TRABAJADOR FALLECE Y NO HA RECIBIDO SU CTS?

Según el asesor legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Juan Tompson, en caso de fallecimiento del trabajador, la empresa se encuentra obligada a realizar el depósito que corresponde a la CTS dentro de las 48 horas siguientes, en la entidad financiera que el trabajador haya elegido anteriormente. De esta manera, tras la aprobación, el cónyuge o conviviente acreditado solo podrá cobrar el 50 % del monto acumulado. La otra parte del dinero aún estará a disposición de la entidad financiera hasta que se presente el testamento o declaratoria de herederos.

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