Un análisis sobre la aplicación de la incapacidad moral desde la ética y la filosofía no deja bien parado al Congreso de la República.
Un análisis sobre la aplicación de la incapacidad moral desde la ética y la filosofía no deja bien parado al Congreso de la República.
Por Zenón Depaz Toledo

Ad portas del Bicentenario de la declaración de independencia con que nació el Estado peruano, la más nítida afirmación del ideal democrático republicano, el punto de quiebre más reciente en la casi permanente tensión entre legalidad y legitimidad en la escena política peruana estuvo dado por una infeliz interpretación congresal del artículo 113° de la Constitución, que incluye como causa de vacancia presidencial “su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso”.

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