Validan reelección inmediata

“Los gobiernos y los pueblos que saltan a la garrocha las leyes destruyen su futuro”.

    Federico Salazar
    Por

    Periodista

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    Resumen

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    Ilustración: Composición GEC
    Ilustración: Composición GEC

    En el Perú no hay reelección inmediata de autoridades locales y regionales. Así lo dice la Constitución en su artículo 194:

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