El canciller Elmer Schialer se refirió a la participación del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Juan José Santiváñez, en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Suiza. (Foto: Cancillería)
El canciller Elmer Schialer se refirió a la participación del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Juan José Santiváñez, en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Suiza. (Foto: Cancillería)
/ Daniel Malpica

El canciller Elmer Schialer afirmó que el ministro de Justicia y Derechos Humanos, , señaló la “legalidad” de la promulgada por el Ejecutivo en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que se llevó a cabo en Ginebra, Suiza.

En declaraciones a Canal N tras participar en la Cumbre APEC Pymes, organizada con el apoyo de Comex Perú, el diplomático manifestó que el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Volker Türk, solo enumeró de manera general la situación sobre la materia en diversos países.

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“Lo primero que hay que decir es que lo que ha dicho el señor Türk es en realidad un contexto general en donde más de 34 países y situaciones han sido nombrados a lo largo y ancho del planeta”, expresó.

“En lo que respecta al Perú ha sido muy clara la intervención del señor ministro de Justicia y Derechos Humanos, Juan José Santiváñez, que se encuentra allá, señalando la legalidad de la ley de amnistía y cómo fue esta promulgada”, agregó.

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Como se recuerda, Volker Türk afirmó que la ley de amnistía para los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que combatieron contra el terrorismo, aprobada el mes pasado en Perú, “representa un retroceso para la justicia y la verdad”.

“Las respuestas bruscas sólo conducen a más alienación, malestar y violencia”, expresó el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en su intervención en la 60° sesión del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Suiza.

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La crítica de Türk se produce luego que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ratificara la resolución en la cual estableció que las autoridades peruanas deben abstenerse de aplicar la ley de amnistía que permite el cese de procesos judiciales contra militares y policías procesados por delitos contra los derechos humanos perpetrados en la lucha contra el terrorismo en las décadas de 1980 y 1990.

En su fallo emitido el 3 de setiembre, en su labor de supervisión de las condenas de los casos Barrios Altos y La Cantuta, ratificó los términos de la sentencia del 4 de julio de este año, donde también señaló que las autoridades peruanas no deben aplicar la ley 32419.

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