El último pleno del Congreso se realizó el 30 de setiembre último. Tras su disolución solamente sesiona la Comisión Permanente. (Foto: GEC)
El último pleno del Congreso se realizó el 30 de setiembre último. Tras su disolución solamente sesiona la Comisión Permanente. (Foto: GEC)

Hoy miércoles se cumplen 30 días desde que el presidente Martín Vizcarra decidió , lo que conllevará a que solo los integrantes de la Comisión Permanente mantengan por cuatro meses más una prerrogativa a la se negaron a renunciar, durante el debate de la reforma política: la inmunidad de proceso y de arresto.

Alejandro Rospigliosi, constitucionalista y experto en temas parlamentarios, precisó que no todos los 102 integrantes del Congreso disuelto estarán “desprotegidos” (pasibles de investigaciones preparatorias, medias restrictivas como la prisión preventiva o captura si hay sentencia) ante los procesos que afrontan. Dijo que si las pesquisas que se les abrieron fueron por delitos propios de la función, aún tienen el derecho a antejuicio político por cinco años.

“¿Qué es un delito de función? Es el que se comete usando las herramientas que le dan la Constitución y la ley a una autoridad. Por ejemplo, a Luciana León el Ministerio Público le imputa presunto tráfico de influencias agravado y cohecho pasivo propio. Ella habría utilizado las prerrogativas del reglamento del Congreso para pedir información al Ministerio de Economía y Finanzas y presuntamente favorecer a la Municipalidad de La Victoria con obras. Ella tendrá el derecho a antejuicio”, refirió.

León, al ser integrante de la Comisión Permanente, mantendrá su inmunidad hasta un mes después de la instalación del nuevo Congreso.

En comunicación con El Comercio, Rospigliosi también indicó que para que el Ministerio Público formalice investigación preparatoria o solicite alguna medida restrictiva, como la prisión preventiva, en contra de un excongresista acusado por un delito de función [ver infografía], antes deberá tener la autorización del próximo Parlamento.

Detalló que para ello existe un procedimiento: presentar la denuncia constitucional, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales la debe aprobar, la Comisión Permanente tiene que presentar la acusación ante el pleno, donde finalmente ocurre el debate para su aprobación o archivo.

“Y el pleno puede tomar decisiones como inhabilitar a quien tenga derecho al antejuicio por 10 años para ejercer la función pública [como lo hizo el Parlamento en el 2013 con Michael Urtecho], lo que te convierte en un apestado en el sector estatal”, remarcó.

Rospigliosi, además, dijo que si el Congreso aprueba acusar por los delitos A, B y C, la fiscalía deberá respetar esta tipificación hasta el final del proceso. “No podrá variarla”, sostuvo.

El artículo 99 de la Constitución establece quiénes son los altos funcionarios que tienen derecho al antejuicio tras dejar el cargo. (Foto: El Comercio)
El artículo 99 de la Constitución establece quiénes son los altos funcionarios que tienen derecho al antejuicio tras dejar el cargo. (Foto: El Comercio)


El artículo 100 de la Constitución establece que solo el Parlamento puede acusar a altos funcionarios. (Foto: El Comercio)
El artículo 100 de la Constitución establece que solo el Parlamento puede acusar a altos funcionarios. (Foto: El Comercio)

(Para acceder a la información se debe realizar clic encima de cada foto. Estas infografías fueron elaboradas en base a información de la Corte Suprema y de los anuncios hechos por la Fiscalía de la Nación sobre las pesquisas).


Tres integrantes de Fuerza Popular que pertenecen a la Comisión Permanente tienen investigaciones preliminares abiertas. Estos son Héctor Becerril, Karina Beteta y Mario Mantilla.

Los que no tendrán ningún blindaje

El expresidente del Tribunal Constitucional Óscar Urviola explicó que a partir del 31 de octubre, los excongresistas que estén siendo procesados por delitos comunes o por hechos anteriores a su labor parlamentaria, podrán ser pasibles de formalización de investigación preparatoria y medidas de corte restrictivo, como cárcel tras una condena o prisión preventiva.

Por ejemplo, al fujimorista Moisés Mamani, el Ministerio Público lo investiga por un delito común: presuntos tocamientos indebidos en agravio de una tripulante de la aerolínea Latam.

Y Joaquín Dipas, también de Fuerza Popular, fue sentenciado el 23 de mayo último por el Primer Juzgado Unipersonal del Vraem-Kimbiri, de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, a cinco años de prisión por el delito de colusión. Esto por haber aprovechado su condición de alcalde distrital de Pichari (2007-2010) para aprobar de manera ilegal la exoneración del proceso de adquisición de tres hectáreas de terreno, donde se pensaba construir un laboratorio de biotecnología.

A consideración de Urviola, si el fallo contra Dipas es firme, este podrá ser detenido a partir del jueves.

Richard Acuña (APP), Marvin Palma, Lizbeth Robles (Cambio 21) y Luciana León (Partido Aprista), integrante de la Comisión Permanente, afrontan investigaciones preliminares en el Ministerio Público [Ver infografía].


Omar Cairo, profesor de las Maestrías en Derecho Constitucional y en Derecho Procesal de la PUCP, también sostuvo que “un congresista que cometa un delito fuera de sus funciones, no tiene derecho a antejuicio”.

“Si un parlamentario roba un supermercado, se mete a la bolsa una radio, ese no es un delito en el ejercicio de funciones. Para procesarlo le tendrían que levantar la inmunidad (si es que tuviera esta prerrogativa), pero no será necesario ir a un antejuicio”, subrayó.

Clemente Flores (Peruanos por el Kambio), Marita Herrera (Acción Republicana) y Gilbert Violeta (Contigo)- integrante de la Comisión Permanente- tienen investigaciones preliminares abiertas en la fiscalía [Ver infografía].


Discrepancia por los accesitarios

Rospigliosi considera que a los accesitarios de la Comisión Permanente, que son 38 en total, no les alcanza la inmunidad de proceso y de arresto de la que si gozarán los titulares hasta febrero próximo. “El suplente tiene una investidura no activada, solo se activa cuando reemplazan al titular. Incluso, estos accesitarios no tienen ni despachos ni personal en la actualidad”, remarcó.

Urviola, expresidente del TC, opinó que los suplentes si tiene derecho a continuar con la inmunidad, porque la eventual detención de uno de ellos puede frustrar una sesión de la Comisión Permanente, si es que debe asistir en reemplazo del titular. Aunque admitió que existe un vacío legal que el próximo Parlamento debe precisar.

Los datos

De los 130 integrantes del Congreso disuelto, dos tienen sentencias y 29 investigaciones abiertas en la fiscalía.

De estos últimos, 14 están siendo investigados por delitos comunes. De este grupo, solo Acuña Núñez es parte de la Comisión Permanente, por lo que aún cuenta con inmunidad.