El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) sancionó con una multa a las personas que no cumplieron con acudir a su local de sufragio para ejercer su deber de votar el pasado domingo 11 de abril . De igual manera, también fueron castigados aquellos que fueron sorteados como miembros de mesa y no cumplieron con esa importante labor.
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Según la Ley Orgánica de Elecciones y la información oficial del JNE, la multa por no haber votado y por no haber sido miembro de mesa entra en vigencia luego del día de la elección y tiene los siguientes montos:
- S/ 88.00 si no votas y vives en un distrito clasificado como “no pobre” por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
- S/ 44.00 si no votas y vives en un distrito clasificado como “pobre” por el INEI.
- S/ 22.00 si no votas y vives en un distrito clasificado como “pobre extremo” por el INEI.
- S/ 220.00 por no asistir como miembro de mesa.
- S/ 220.00 por negarte a conformar la mesa electoral.
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¿Puedo votar el 6 de junio si tengo multas electorales pendientes de pago?
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha informado, ante la preocupación ciudadana y la cercanía de la fecha de la segunda vuelta (6 de junio), que pagar estas multas no es un requisito para poder ejercer el derecho a voto el próximo mes.
“Son procesos electorales distintos. Por lo tanto, puedes votar el 6 de junio sin problema alguno. Sin embargo, la multa aún quedará pendiente de pago”, informó la ONPE en redes sociales.
Esto significa que si tienes alguna multa sin pagar, podrás acudir a votar en la segunda vuelta del 6 de junio sin ningún inconveniente. Sin embargo, esto no anulará la sanción, que seguirá apareciendo como pendiente de pago en el portal del JNE.
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