Desde el 2006, el Ministerio de la Producción estableció la veda de conchas negras cada año, entre el 15 de febrero y el 31 de marzo, para las especies Anadara tuberculosa, y Anadara similis. Es decir que la extracción del recurso no está permitida.
Para los biólogos esta fecha debería ser de conocimiento general de la población, ya que, por lo general, es inamovible; a diferencia de lo que sucede con otras especies como el camarón. Para determinar las temporadas de veda para otros frutos de mar se suele recurrir a informes de especialistas, tal y como informamos en enero pasado.
El incumplimiento de esta disposición podría impactar seriamente y conducir a la desaparición de este recurso, considerado de vulnerabilidad muy alta. Durante la fecha comprendida entre el 15 de febrero y el 31 de marzo se intenta proteger la reproducción y crecimiento de la especie.