(El Comercio)
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Redacción EC

Si eres propietario de un automóvil, camioneta, camión, ómnibus o bus con una antigüedad no mayor a tres años, es tu deber pagar el (SAT). Norberto Iglesias, gerente de ventas B2C de Grupo Primax, macro distribuidor de Lubricantes Shell en Perú, lo explica de manera muy sencilla:

Los propietarios de los vehículos tienen la obligación de pagar el impuesto los días 1 de enero de cada año.

¿Cada cuánto tiempo se realiza el pago?
Este impuesto se paga anualmente durante 3 años, contando desde un año después de que el vehículo se declara en el Registro de Propiedad Vehicular.

¿Cuánto tiempo tiene el propietario de un auto nuevo para declarar el vehículo?
Si se adquiere un vehículo del año tiene 30 días calendario posterior a la fecha de adquisición para declararlo.

En caso se trate de un vehículo usado, tiene hasta el último día hábil de febrero del año siguiente a la adquisición para inscribir el vehículo en el Registro de Propiedad Vehicular.

¿Cuál es la tasa del impuesto vehicular?
La tasa es de 1% de la base imponible. Esta base del impuesto está constituida por el valor original de adquisición, importación o de ingreso al patrimonio. En ningún caso el monto a pagar será inferior al 1.5% de la UIT vigente al 1 de enero del año al que corresponde el impuesto.

En caso me roben el vehículo, ¿qué debo hacer?
Se declara el hecho ante el SAT, en un plazo de 120 días calendario, posteriores al robo. No se determinará Impuesto Vehicular, a partir del ejercicio siguiente ocurrido el hecho.

¿Y en caso venda mi vehículo?
Cuando se transfiere un vehículo, el vendedor debe comunicar la venta del bien, para lo cual deberá presentar una declaración de descargo hasta el último día hábil del mes siguiente de realizada la transferencia. Asimismo debe cumplir con efectuar el pago del impuesto del año en el que se produjo la transferencia. De no cumplir, se le generará una multa tributaria.

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