¿Aún no sabes cómo tendrás que emitir tus recibos por honorarios a partir de mañana, que empiezan los aportes previsionales obligatorios para los trabajadores independientes? La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) te da unas pautas para la emisión correcta de estos documentos para todos los sujetos obligados, es decir, aquellos que perciban más de una remuneración mínima vital (RMV) al mes -S/.750- y que hayan nacido después del 1 de agosto de 1973.
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En primer lugar, debes saber que los independientes afiliados al Sistema Nacional de Pensiones, a través de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), solo pagan el 5% de su ingreso bruto (S/.5 por cada S/.100 de sueldo), mientras que para las AFP el descuento es de 2,5% más dos pagos adicionales.
“Son tres conceptos de pago distintos para el aporte a las AFP: el pago por el fondo, la comisión y la prima de seguro”, explicó a El Comercio César Rivera, coordinador ejecutivo de Regulación de la SBS.
El porcentaje de la prima de seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio es de 1,23%, la cual se aplica para todo trabajador independiente sin distinción de la AFP elegida.
La variación de porcentajes está en el pago de las comisiones, siendo AFP Habitat la que ofrece menor tasa: 0,35% en comisión mixta y 0,37% en comisión por flujo
“Es decir, una persona que gana S/.1.000 aportará S/.25 al fondo (1.000 multiplicado por 2,5 y dividido entre 100), S/.12,30 a su prima de seguro (1.000 multiplicado por 1,23 y dividido entre 100), y en caso de AFP Habitat pagará una comisión de S/.3,5 (de tipo mixta) (1.000 multiplicado por 0,35 y divivido entre 100)”, señaló Rivera.
“Los datos de los porcentajes están disponibles en la página web de las AFP. Son multiplicaciones muy sencillas de hacer para el trabajador independiente”, agregó.
(Fuente: AFP Integra)
MONTOS MÍNIMOS
¿Pero qué pasa si emito dos recibos con montos de S/. 500 cada uno en un mismo mes?
César Rivera explicó que al sumar S/.1.000 los ingresos del trabajador durante un mes, el trabajador está obligado a regularizar su situación a través de AFPnet o acudiendo directamente a la sede de su AFP durante los cincos días del mes siguiente.
“En el primer recibo por S/. 500 no habrá la retención (previsional). Pero como al culminar el mes tiene ingresos totales de S/. 1.000, es obligación del independiente a regularizar por su cuenta sus aportes”, expresó Rivera.
Además, recordó que para llenar el recibo debe tener en cuenta el pago del Impuesto a la Renta (IR) por Cuarta Categoría (para independientes), considerando que quienes perciban ingresos mensuales mayores a los S/. 2.771 están afectos a la retención y/o pagos a cuenta del IR.