Por una semana más, el Gobierno estableció la ampliación de las disposiciones actuales del estado de emergencia nacional frente al COVID- 19 que se prologan hasta el domingo 18 de abril. Por ese motivo, se continuará con el cumplimiento de la serie de medidas según la clasificación de provincias de acuerdo al riesgo de contagio de coronavirus: extremo, muy alto y alto.
La presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, en conferencia de prensa el último miércoles, señaló que el Ejecutivo tomó la decisión de prorrogar las acciones para no afectar el proceso electoral del domingo 11 de abril. “No haremos modificaciones en la clasificación de provincias y todas mantendrán su nivel de alerta actual por una semana más”, señaló.
Sostuvo, además, que en adelante la calificación del nivel de riesgo sanitario de las distintas provincias del país frente al COVID-19 se efectuará cada tres semanas, lo cual permitirá una mayor predictibilidad respecto a las medidas que se adoptan en el marco de la lucha contra la pandemia.
Medidas
Para recordar, entre las disposiciones, publicadas a través del Decreto Supremo 070-2021-PCM en el diario El Peruano, figura que en todos los departamentos que serán expuestos en un cuadro, la inmovilización social obligatoria nocturna se prolongará hasta las 4 de la mañana; a las 10:00 p.m. (para el nivel de alerta alto) o a las 9:00 p.m. (en los niveles de alerta muy alto y extremo).
Asimismo, se dispone que los días domingos no se podrá usar vehículos particulares en las localidades con niveles de alerta alto, muy alto y extremo. No obstante vale recordar que esta ampliación de restricciones rige desde el lunes 12 de abril por lo que la utilización de autos sí es válido para el domingo 11 de abril, día en que se desarrolla las Elecciones Generales 2021.
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Se autoriza, además, el uso de playas, ríos, lagos o lagunas en los departamentos con niveles moderado y alto, respetando las normas sanitarias vigentes, y se prohíbe el mismo en las de alerta muy alto y extremo.
A continuación la nueva clasificación de las jurisdicciones de acuerdo al nivel de alerta de contagio de la referida enfermedad:
-Nivel extremo-
Para este nivel, los domingos habrá inmovilización social obligatoria estricta y el toque de queda será de 9:00. pm a 4:00 am. El número de provincias comprendidas en este nivel de alerta se redujo de 27 a 19.
La inmovilización social obligatoria nocturna empieza a las 09:00 p.m. y finaliza a las 04:00 a.m. del día siguiente. Está prohibida la circulación de vehículos particulares los domingos, con excepción de aquellos que cuenten con el respectivo pase vehicular emitido por la autoridad competente.
En cuanto al aforo, está prohibido el ingreso de público a casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas que se realizan en espacios cerrados, al igual que las actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.
En tanto, los bancos y otras entidades financieras tienen un aforo de 40%, al igual que los supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas, farmacias, peluquerías y spa, barberías, masajes faciales, manicura, maquillaje y afines previa cita.
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El acceso a museos, sitios y monumentos arqueológicos, centros culturales, galerías, bibliotecas, áreas protegidas, jardines botánicos y zoológicos es del 30% como máximo, al igual que los restaurantes y afines en zonas internas (con ventilación) y al aire libre.
También están permitidas las artes escénicas (música, circo, danza y teatro) en espacios abiertos hasta 20% de aforo, al igual que en los centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados.
El transporte interprovincial terrestre funcionará pero con un aforo del 50 al 100% según la regulación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. El ingreso a las playas, templos y lugares de culto sigue suspendido para la población.
-Nivel Muy Alto-
La provincia constitucional del Callao continúa en nivel sanitario “muy alto”, junto a Lima Metropolitana, lo que significa que ya no se dispone una cuarentena total los domingos.
De lunes a domingo los ciudadanos puede transitar con normalidad pues no hay cuarentena. No obstante, el toque de queda se inicia a las 9 de la noche hasta las 4 de la mañana del día siguiente.
También se mantiene prohibida la circulación de vehículos particulares los domingos, con excepción de aquellos que cuenten con el respectivo pase vehicular emitido por la autoridad competente.
Hasta el domingo 18 de abril se mantiene prohibida la circulación de vehículos particulares, salvo que se cuente con el pase especial por labores esenciales. No obstante, el transporte público sí funcionará durante ambas fechas.
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El transporte interprovincial terrestre funcionará pero con un aforo del 50 al 100% según la regulación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. El ingreso a las playas sigue suspendido para la población de ambas ciudades.
Respecto al aforo, en bancos y otras entidades financieras asciende al 50% del total, al igual que en tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias.
El aforo es hasta 40% en restaurantes y afines en zonas al aire libre, al igual que en bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, áreas protegidas, jardines botánicos y zoológicos; y en la enseñanza cultural en espacios abiertos.
En restaurantes y afines en zonas internas; centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados; así como en artes escénicas en espacios abiertos; y actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre, el aforo es hasta 30% del total.
Mientras, los casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas (espacios cerrados); así como en templos y lugares de culto el aforo es hasta 20% del total.
-Nivel Alto-
Los departamentos de Lambayeque y Huánuco continúan en su totalidad en este nivel. El transporte interprovincial es libre.
El toque de queda en las provincias de ambas regiones rige desde las 10:00 p.m. hasta las 04:00 a.m. del día siguiente. Asimismo se prohíbe la circulación de vehículos particulares los domingos, con excepción de aquellos que cuenten con el respectivo pase vehicular emitido por la autoridad competente.
En cuanto al aforo, es hasta el 60% en bancos y otras entidades financieras; tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias; y en restaurantes y afines en zonas al aire libre.
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Mientras que en restaurantes y afines en zonas internas; bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, áreas protegidas, jardines botánicos y zoológicos; y artes escénicas en espacios abiertos es hasta 50% del total.
En centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados; y en actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre el aforo es hasta 40% del total.
Finalmente, el aforo permitido es hasta 30% en casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas (espacios cerrados); y en templos y lugares de culto.
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