El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) prohibió, temporalmente, al residente de un edificio fumar dentro de su departamento o en las áreas comunes próximas a su vivienda o la del inmueble que ocupa su vecina Nancy Ordóñez Vaccaro quien padece hipertensión arterial y su médico le había recomendado evitar la exposición al humo de cigarro.
La sentencia del Tribunal Constitucional, con número de Expediente N° 03065-2018-PA/TC, acredita la vulneración del derecho a la salud y otros derechos constitucionales de Ordóñez Vaccaro. El proceso de amparo fue iniciado por ella y Rosemarie Pacheco Ordóñez, contra sus vecinos Gonzalo Campos Martínez y María del Rocío Martínez Gajate.
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En sus fundamentos, la sentencia destaca un informe de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), que indica que “no hay controversia en las comunidades médicas y científicas reconocidas, sobre el daño causado por la exposición al humo de tabaco ajeno, el cual constituye una clara amenaza para la salud, la vida y la integridad física”.
La sentencia considera también que, conforme a la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Ley 28705, para la prevención y control de los riesgos del consumo del tabaco, existe la necesidad de proteger a la persona, la familia y la comunidad, contra las consecuencias, sanitarias, sociales, ambientales y económicas del consumo de tabaco y de la exposición al humo de tabaco, por lo que es necesario reducir dicho consumo y su exposición de manera continua y sustancial.
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