Tributación e informalidad minera

“Todo impuesto mete una cuña entre el precio máximo que un comprador está dispuesto a pagar y el precio mínimo que el vendedor está dispuesto a aceptar”.

    Iván Alonso
    Por

    Economista

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    Resumen

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    (Ilustración: Giovanni Tazza).
    (Ilustración: Giovanni Tazza).
    / Giovanni Tazza

    La excesiva tributación a la que está sujeta la actividad minera está curiosamente soslayada en el debate sobre la minería informal. Desde el año 2011 existe el impuesto especial a la minería (IEM), que grava las utilidades operativas –la madre, digamos, de las utilidades netas– con una tasa de 2% a más de 8%, según el caso. Un impuesto a la renta adicional con otro nombre. Esta columna ha defendido siempre la neutralidad tributaria como principio; y así como creemos que no debería haber sectores privilegiados que paguen una tasa menor que el resto, tampoco creemos que otros deban pagar más.

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