Juan José Santiváñez fue censurado por el Congreso como ministro del Interior. (Foto: Congreso)
Juan José Santiváñez fue censurado por el Congreso como ministro del Interior. (Foto: Congreso)

La Segunda Sala Constitucional de Lima confirmó la improcedencia del habeas corpus presentado por el exministro del Interior contra el .

El ahora asesor del despacho de la presidenta Dina Boluarte buscaba restringir cualquier riesgo de que se ordene su detención desde el despacho de la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, y el Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder (Eficcop).

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Héctor Villalobos
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En su resolución, la sala señaló que Santiváñez no precisó cuáles serías las actuaciones específicas que conllevarían a afirmar lo alegado, y como ello tendría incidencia directa y negativa en su derecho a la libertad personal o derechos conexos que incidan en ella.

Asimismo, precisa que el ejercicio de la acción penal, realizar la investigación y esclarecimiento de los hechos denunciados como delito, y recabar la prueba al momento de formalizar acusación es un asunto específico que le compete al Ministerio Público.

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También afirma que no se advierte amenaza cierta e inminente o vulneración de la libertad individual del exministro con la investigación fiscal, refiriendo que persigue reunir los elementos de convicción, a efectos de esclarecer los hechos y adoptar la decisión que corresponda.

Según el hábeas corpus, el objetivo de Santiváñez era que se ordene el “cese de la amenaza cierta e inminente” de su privación de libertad, y evitar lo que asegura podrían ser “privaciones ilegítimas de su libertad”.

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Juan José Santiváñez acusa a Delia Espinoza de supuestamente haber desplegado actuaciones que no corresponden a una conducta objetiva, imparcial y respetuosa del debido proceso.

El asesor de Dina Boluarte puso como evidencia el allanamiento de su domicilio de marzo del 2025, además de supuestos trascendidos en medios sobre una intención desde la fiscal de la Nación de pedir su detención.

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