

El Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional ha emitido de forma oficial la sentencia contra el exmandatario de la nación, Ollanta Humala Tasso, junto con otros acusados en el asunto de lavado de activos, asociado a las supuestas contribuciones ilegales a sus campañas electorales de 2006 y 2011.
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El Poder Judicial comunicó que la notificación se llevó a cabo cumpliendo los plazos procesales establecidos, teniendo en cuenta tanto la complejidad como la envergadura del fallo judicial, que es parte de un extenso proceso que investigó los recursos recibidos por el Partido Nacionalista Peruano.
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Una de las conclusiones de la resolución es la absolución de todos los acusados por el presunto financiamiento de origen venezolano, al no acreditarse fehacientemente que esos fondos provinieran de un delito ni que existiera conocimiento de su posible origen ilícito. El juzgado consideró que los indicios presentados no eran suficientes para sustentar una condena y advirtió que suponer ilegalidad por generalizaciones sería violar la presunción de inocencia.
“Pretender condenar por el aporte venezolano en base a la premisa genérica de que ‘si vino en valija diplomática, seguro era dinero sucio’ sería incurrir en una peligrosa generalización sin sustento comprobatorio específico”, señala el documento.
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En respuesta a esta situación, Humala interpuso una queja formal ante la Autoridad Nacional de Control (ANC) y pidió acceso a un registro informático de las computadoras del juzgado con el fin de determinar “hasta qué día y hora se continuó modificando dicha sentencia”.
Su abogado, Wilfredo Pedraza, argumentó que los jueces podrían haber cometido una infracción al Código Procesal Penal y a la Constitución Política del Perú al no realizar la notificación correspondiente al condenado.
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