A través de un Decreto Supremo emitido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), el Gobierno ha decidido modificar el Reglamento Nacional de Tránsito a favor de ciclistas y peatones.
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Así lo dio a conocer este viernes 19 de julio la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao a través de sus canales de comunicación oficiales.
Los principales cambios tienen que ver con los límites de velocidad en las avenidas, las calles y los jirones de las zonas urbanas.
ATU: ¿cuáles son los nuevos límites de velocidad en calles, jirones y avenidas?
Antes de esta modificación el límite de velocidad en las zonas urbanas era de la siguiente manera:
- En calles y jirones: 40 km/h
- En avenidas: 60 km/h
Con el anuncio del MTC y la ATU, estos son los nuevos límites de velocidad en calles, jirones y avenidas.
- En calles y jirones: 30 km/h
- En avenidas: 50 km/h
Es importante mencionar que también se ha modificado los límites de velocidad en las carreteras que cruzan centros poblados. Ahora son los siguientes:
- En zonas comerciales: 30 km/h
- En zonas residenciales: 50 km/h
- En zonas escolares/hospitales: 30 km/h
Para esta nueva normativa, se consideran cuatro tipos de infracciones. La primera es superar el límite de velocidad hasta en 10 km/h, lo que equivale a una sanción de S/792.00.
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Para quienes no respeten el límite y vayan a una velocidad entre 10 km/h y 30 km/h más de lo permitido, la multa será de S/1.056
Si el infractor supera en más de 30 km/h el límite, será multado con S/2.200, mientras que el conductor que no respete el límite mínimo deberá pagar S/792.00.
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