(Foto: Archivo)
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Redacción EC

Este jueves 7 de febrero, mediante la Resolución SBS Nº 0480-2019, el "Reglamento General de las No Autorizadas a Captar Recursos del Público" fue aprobada. La medida se da cuatro meses después de haber sido pre-publicada.

Con ello, se establecen nuevas disposiciones relativas a la regulación y supervisión de las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público ().





Para su elaboración, según detalla Gestión, la SBS tomó en consideración la naturaleza especial de las Coopac, así como los criterios de proporcionalidad y gradualidad, en la medida que el sistema Coopac presenta entidades de diverso tamaño y riesgo, que deberán adecuarse al nuevo marco normativo aplicable.

Dentro del reglamento, , se establecen disposiciones referidas a la constitución e inscripción de las Coopac en los registros correspondientes, aprobación y modificación de estatutos, gobierno corporativo, operaciones y servicios.

También se abarcan normas prudenciales referidas a capital y aportes, reserva cooperativa, patrimonio efectivo, requerimientos patrimoniales, límite global, límites operativos y de concentración, gestión de créditos y garantías, y requerimientos de liquidez.

Cabe resaltar que el reglamento establece plazos de adecuación de las Coopac hasta el 31 de marzo del 2020 y 2021, según cada requisito.

En el siguiente puede encontrarse la Resolución SBS Nº 0480-2019, la cual aprueba el "Reglamento General de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público".

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