La AGESP señaló que pagos adicionales a Cálidda por derechos de conexión perjudica económicamente a grifos y estaciones de servicio. (Foto: GEC)
La AGESP señaló que pagos adicionales a Cálidda por derechos de conexión perjudica económicamente a grifos y estaciones de servicio. (Foto: GEC)
Redacción EC

La Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del sancionó, en primera instancia administrativa, a 63 empresas dedicadas a la venta de Gas Natural Vehicular () en Lima y Callao, con una multa récord de S/458 millones. También se sancionará a 29 de sus funcionarios implicados por con una multa de S/1,7 millones. 

En total, el cártel que operó en Lima y Callao, entre julio de 2011 y mayo de 2015, fue multado con más de S/459 millones.

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En mayo de 2015 se inició una investigación preliminar. La evidencia obtenida durante la investigación determinó que este cártel operó a través de coordinaciones efectuadas entre funcionarios y empleados de diversas estaciones de servicio competidoras entre sí, quienes acordaron el precio que cobrarían o los incrementos que realizarían, detalló el Indecopi

Así, el cártel impuso a sus clientes incrementos de precio (sobreprecios) hasta en 38% por m3 de GNV. El beneficio que las empresas habrían obtenido por la práctica asciende a S/152,6 millones. El incremento del precio afectó a los principales demandantes del GNV que son taxistas, pero también pudo afectar a los usuarios de los servicios de taxi, en tanto los taxistas hayan trasladado el incremento a sus usuarios a través de mayores precios.

LAS EMPRESAS SANCIONADAS
Las sanciones más severas las recibieron el Grupo PGN (Gazel Perú, Terpel Perú), con S/91'558.232, y el Grupo Primax (Coesti, Corporación Primax), con S/80'846.763, según la resolución N°104-2018/CLC-Indecopi.

Estas incidentes se produjeron entre los años 2011 y 2015; julio del 2011; setiembre y octubre del 2011; febrero del 2012; mayo del 2012; junio del 2012; noviembre del 2012 a enero del 2013, y de noviembre del 2014 a inicios del 2015.

Al respecto, algunas empresas sancionadas indicaron a Gestión que apelarán esta decisión debido a que han colaborado con el Indecopi, y no se les ha relacionado directa ni indirectamente con los correos de concertación ilegal de precios.

Además, señalaron que los precios similares se deben a que es un producto homogéneo, con proveedor único y único precio, y costos de operación muy similares.

Por último, señalan que el Indecopi realizó investigaciones en este mercado en los años 2009 y 2013, pero en esos casos los archivó.

► A continuación, presentamos a las diez empresas que recibirán las mayores multas por parte de la instituto nacional.

10. El Grupo Copetrol, cuya razón social abarca a la Corporación Lumar S.A.C., E y G Perú S.A.C. y Gaspetroleo S.A.C., recibió una multa de S/14'092.663,19, monto equivalente a 3.395,82 UIT.

9. El grupo Energigas, cuya razón social es Energigas S.A.C., recibió una multa de S/14'447.879,97, monto equivalente a 3.481.42 UIT.

8. El grupo Acosa, cuya razón social es Asesoría Comercial S.A., recibió una multa de S/15'240.967,74, monto equivalente a 3.672,52 UIT.

7. El Grupo Mandujano, cuya razón social abarca a Centrogas Vista Alegre S.A.C., Estación de Servicios El Pino E.I.R.L., Gasnorte S.A.C. y Lubrigas S.R.LTDA., recibió una multa de S/18'455.102,70, monto equivalente a 4.447,01 UIT.

6. El grupo Gesa, cuya razón social es Grifos Espinoza S.A., recibió una multa de S/20'703.145,74, monto equivalente a 4.988,71 UIT.

5. El Grupo Aba Singer, cuya razón social abarca a Aba Singer & Cía S.A.C. e Inversiones Korioto S.A.C., recibió una multa de S/22'807.520,32, monto equivalente a 5.495,79 UIT.

4. El grupo ASSA, cuya razón social es Administradora de Servicios y Asociados S.A.C., recibió una multa de S/23'192.696,78, monto equivalente a 5 588,60 UIT.

3. El Grupo Ibañez, cuya razón social abarca a Carlos Alfredo Ibáñez Manchego, Estación de Servicio Gio S.A.C., Estación San Juanito S.A.C. Y Gasocentro Puente Nuevo S.A.C., recibió una multa de S/29'577.541,75, monto equivalente a 7.127,12 UIT.

2. El Grupo Primax, cuya razón social abarca a Coesti S.A. y Corporación Primax S.A., recibió una multa de S/80'846.763,18, monto equivalente a 19.481,15 UIT.

1. El Grupo PGN, cuya razón social abarca a Gazel Peru S.A.C. y Terpel Perú S.A.C. (antes Peruana de Gas Natural S.A.C.), recibió una multa de S/91'558.232,32, monto equivalente a 22.062,22 UIT.

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