

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) publicó este miércoles 23 de abril el reglamento que busca determinar cómo se implementará y aplicará de forma gradual el voto digital en los comicios generales del 2026 y otros procesos de consulta popular.
La aprobación del reglamento fue formalizada con la publicación de la Resolución Jefatural 000065-2025-JN/ONPE en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
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El texto digital cuenta con 39 artículos, seis disposiciones complementarias finales y una disposición complementaria transitoria.
En estas últimas se precisa que el voto digital es de implementación progresiva con un programa piloto que permita priorizar a la población electoral de peruanos en el extranjero, así como las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú.

También se enfocarán en comunidades campesinas, de los pueblos indígenas; así como a otras que, por su naturaleza, la ONPE considere pertinente.
"Para las Elecciones Generales 2026, los grupos prioritarios serán establecidos por la ONPE en aplicación de la Ley Nº 32270“, indica la disposición complementaria transitoria.
El reglamento precisa que todas las disposiciones serán aplicables en los procesos electorales y de consulta popular a cargo de la ONPE “garantizando la integralidad, integridad, disponibilidad y confidencialidad de la solución tecnológica” que se aplicará en el voto digital.
“Su cumplimiento es exigible a las organizaciones políticas y a la ciudadanía, así como a los actores electorales en general”, resalta el texto.
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El voto digital es un mecanismo alternativo para el ejercicio del derecho al sufragio de la ciudadanía mediante la aplicación una tecnología auditable que tenga como requisitos su integralidad, integridad, disponibilidad y confidencialidad.
Con esto, un elector podrá emitir su voto de forma no presencial y segura a traes del uso de su DNI, con certificados digitales vigentes en procesos electorales o de consulta popular.
“El registro para el voto digital es voluntario y se realiza ante la ONPE conforme a los requisitos previstos en el presente reglamento. Los ciudadanos que se hayan registrado satisfactoriamente y solo ellos deberán hacer uso de este mecanismo”, añade.
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