El alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, fue hallado responsable de haber infringido la neutralidad electoral. (Foto: Municipalidad de Lima)
El alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, fue hallado responsable de haber infringido la neutralidad electoral. (Foto: Municipalidad de Lima)

El pleno del Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 concluyó que el alcalde de Lima, , infringió el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, en el marco de los .

Según la resolución, el burgomaestre infringió el artículo 32 de dicho cuerpo normativo, referido a “practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinada organización política o candidato”.

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Asimismo, se le instó a abstenerse de interferir en el normal desarrollo del proceso electoral, “debiendo mantener estricta observancia del principio-deber de neutralidad, con el fin de garantizar una contienda electoral justa, imparcial y competitiva”.

En el documento se señala que según el informe de fiscalización, se han identificado publicaciones en redes sociales que contendrían “elementos proselitistas a favor de la organización política Renovación Popular”.

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Refiere que de los descargos presentados, se encuentra “plenamente probado y aceptado” por Rafael López Aliaga de que las redes sociales donde se efectuaron las publicaciones cuestionadas son de su uso personal.

Dichas publicaciones, divulgadas entre el 17 de mayo al 26 de junio de 2025 en las cuentas institucionales de la Municipalidad de Lima, fueron registradas fotográficamente y se encuentran documentadas en el informe de fiscalización.

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La Coordinadora de Fiscalización del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) detalla que López Aliaga replicó dichos posts referidos al “inicio, ejecución, culminación de obras, campañas y actividades que realiza como alcalde”, donde se identifica con su cargo.

Además, en otras publicaciones de la Municipalidad de Lima se agregó el nombre “Rafael López Aliaga” en color celeste, color que es oficial y característico de Renovación Popular, de la cual el alcalde es presidente y con el que llegó a ser elegido en el 2022.

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“Motivo por el cual se concluye que en este caso se vulneró el principio-deber de neutralidad, al contener publicaciones con el color que hace alusión o recordación a una organización política en particular”, enfatizó.

También se identificó en la red social Facebook de López Aliaga que el 18 de mayo de 2025 compartió un video en el que ha insertado el símbolo que identifica claramente a su partido marcado con un aspa, apreciándose además el nombre “Municipalidad de Lima”, entidad a la que representa como alcalde en ejercicio.

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“La publicación advertida precedentemente, constituye un acto claro de favorecimiento a la aludida organización política”, indicó al precisar que “trata de influenciar en la intención del voto, motivo por el cual se concluye que en este caso se vulneró el principio-deber de neutralidad, al contener una publicación que promueve el voto en favor de una organización política en particular”.

Por ello, se dispuso remitir los actuados al Ministerio Público, a la Contraloría General de la República y al Concejo de la Municipalidad de Lima para que procedan según sus atribuciones, una vez consentida y/o ejecutoriada la resolución.

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