Ministerio Público inició diligencias preliminares contra Julio Guzmán por presunto lavado de activos. (Foto: Alonso Chero/ El Comercio)
Ministerio Público inició diligencias preliminares contra Julio Guzmán por presunto lavado de activos. (Foto: Alonso Chero/ El Comercio)
Ariana Lira Delcore

El inicio de diligencias preliminares contra el líder del Partido Morado, , a cargo del fiscal , miembro del equipo especial , ha generado diversas reacciones y puesto sobre la mesa varias interrogantes.

Mira: Julio Guzmán: Fiscal Pérez inicia diligencias preliminares contra líder del Partido Morado

En , Julio Guzmán, rechazó cualquier vínculo con Odebrecht . “Además que era materialmente imposible porque si trazas una línea en el tiempo, cuando encarcelan a [Marcelo] Odebrecht y [Jorge] Barata, yo era una persona desconocida. Barata habla del financiamiento de las campañas hasta el 2011; en el 2016, esto no existe. Era materialmente imposible”, exclamó.

¿Qué dice la disposición fiscal?

La decisión del Ministerio Público de iniciar la investigación preliminar se basa exclusivamente en la denuncia de un ciudadano llamado Carlos Huerta Escate. Huerta, a su vez, se basa en una nota periodística del 2019, en la que el entonces congresista del Frente Amplio, Humberto Morales, exhortó al Ministerio Público investigar a Guzmán por, supuestamente, haber recibido US$ 400.000 de Odebrecht.

Si hay información financiera sobre esos 400 mil dólares que recibió Julio Guzmán, ese dinero no pudo cargarse en una mochila. Pero, imagínense que con Alan García se habló de 200 mil dólares y miren todo lo que se ha encontrado. Pedimos al Ministerio Público haga su papel en el caso del ‘moradito’ porque no puede ser que no se le toque”, señaló Morales a Exitosa el 30 de enero del 2019.

La declaración de Morales se produjo poco de dos meses después de que el periodista Phillip Butters mostrara en su programa televisivo el fragmento de un supuesto correo electrónico de la constructora brasileña en el que se mostraba una anotación en portugués que señalaba que “Guzmán” había recibido “400″. La veracidad de la imagen, sin embargo, no ha sido corroborada hasta el momento.

Hay que recalcar que, hasta el momento, no se ha conocido ninguna declaración, ni documento de fuentes oficiales que vincule al líder del Partido Morado con la constructora brasileña.

Fragmento de la disposición fiscal mediante la cual se da inicio a la investigación preliminar contra Julio Guzmán.
Fragmento de la disposición fiscal mediante la cual se da inicio a la investigación preliminar contra Julio Guzmán.

En diálogo con El Comercio, el exparlamentario Morales confirmó que sus declaraciones estuvieron basadas en el supuesto correo con anotaciones en portugués. Al ser consultado sobre si tenía la certeza de que el correo era verídico, respondió que no.

“Yo tuve acceso a una información [el supuesto correo] que me llegó. Pero no pude investigarlo porque no tenía ese mandato del pleno del Congreso. Yo declaré en un contexto en el que Marcelo Odebrecht había declarado que habían aportado a todos y habiendo esa declaración era necesario que se investigue”, sostuvo el exlegislador.

Las diligencias preliminares se basan en la denuncia de un ciudadano, que, a su vez, se sustenta en unas declaraciones del excongresista Humberto Morales.
Las diligencias preliminares se basan en la denuncia de un ciudadano, que, a su vez, se sustenta en unas declaraciones del excongresista Humberto Morales.

Morales, además, señaló que “la fiscalía no inicia una investigación por la declaración de un congresista”. Al ser informado de que el único elemento señalado en la disposición fiscal era, precisamente, una nota periodística que recogía su declaración, indicó que “en todo caso, la crítica no es contra mí, sino contra el fiscal José Domingo Pérez. No lo hemos acusado [a Julio Guzmán] nosotros [el anterior Congreso], sino el Ministerio Público”. El exparlamentario, sin embargo, saludó la decisión de la fiscalía de indagar el caso.

¿Qué es una investigación preliminar?

La investigación preliminar constituye la primera fase de una investigación fiscal. En esta etapa, el fiscal debe determinar si existen o no los elementos de convicción necesarios para iniciar una investigación preparatoria.

En otras palabras, durante las diligencias preliminares, el miembro del Ministerio Público determina si existen suficientes indicios para investigar formalmente. Antes de que entre en vigencia el nuevo Código Procesal Penal, esta etapa inicial estaba a cargo de la policía.

Rafael Chanján, abogado penalista e investigador del IDEHPUCP, explica que, para abrir una indagación preliminar, basta con que el fiscal tenga una “sospecha simple”.

El Ministerio Público, sin embargo, no está obligado a iniciar una indagación preliminar frente a cualquier denuncia ciudadana. “Está en entera discreción del fiscal [abrir investigación], pero esto no quiere decir que todas las denuncias que llegan a la fiscalía tengan que ser investigadas. Tienen que existir elementos mínimos que le digan al fiscal que podría haberse cometido un delito”, indicó.

Julio Guzmán rechazó vínculos con Odebrecht. "Además que era materialmente imposible porque si trazas una línea en el tiempo, cuando encarcelan a [Marcelo] Odebrecht y [Jorge] Barata, yo era una persona desconocida", afirmó en entrevista con El Comercio  (Foto: Rolly Reyna/El Comercio)
Julio Guzmán rechazó vínculos con Odebrecht. "Además que era materialmente imposible porque si trazas una línea en el tiempo, cuando encarcelan a [Marcelo] Odebrecht y [Jorge] Barata, yo era una persona desconocida", afirmó en entrevista con El Comercio (Foto: Rolly Reyna/El Comercio)

¿Basta una denuncia ciudadana basada en una declaración periodística para iniciar diligencias preliminares?

Para Chanján, una nota periodística que recoge las declaraciones de un excongresista resulta insuficiente para iniciar una investigación preliminar. Según el especialista, para que la decisión sea razonable se hubiera requerido la existencia de otros elementos que permitan sospechar que se cometió un delito.

Una simple referencia de una persona que cita las declaraciones de otra persona, desde mi punto de vista, no es suficiente para abrir una diligencia preliminar. Me parece peligroso”, sostiene el penalista.

En la misma línea, la penalista Ariana Bassino considera que “no debería bastar un dicho para iniciar todo un proceso de diligencias, aunque fueran preliminares”.

La abogada, sin embargo, explica que, aunque la decisión de iniciar una investigación preliminar depende de la discreción del Ministerio Público, en la práctica es común que los fiscales inicien las indagaciones aunque no existan elementos sólidos en la denuncia.

En la realidad, la mayoría de los fiscales, y no digo que sea el caso del señor Pérez, cuando reciben una denuncia se sienten en la obligación de iniciar indagaciones preliminares. Incluso, cuando conversas con algunos de ellos y les señalas que no hay fundamento, te dicen que si no abren la investigación luego los pueden denunciar a ellos por no hacerlo”, comenta.

Por otro lado, Chanján considera importante tener en cuenta el contexto político en el que se ha dispuesto abrir la investigación: pese a que la nota periodística en la que se basa la denuncia corresponde a enero del 2019, y la denuncia de Huerta se interpuso en setiembre de ese mismo año, el fiscal Pérez decidió iniciar las diligencias en julio del 2020, a menos de nueve meses del proceso electoral del 2021.

Ciertamente genera suspicacia sobre una utilización política de este tipo de investigaciones. Una cosa es que se judicialice la política cuando hay actos delictivos, que es válido, y otra es que se quiera politizar la judicialización de casos. Esto es distinto y es muy peligroso”, señaló.

Pero para el abogado penalista Enrique Ghersi, la falta de solidez en los argumentos de José Domingo Pérez para iniciar la investigación preliminar podría ser parte de una estrategia fiscal.

El Ministerio Público no está obligado a iniciar una investigación, solo la inicia si considera que hay suficiente evidencia para hacerlo. Si en este caso ha decidido iniciarla, debe ser porque cuenta con elementos indiciarlos. Un fiscal plantea su partida estratégicamente. Yo creo que si [el fiscal Pérez] ha decidido empezar la investigación es porque sabe algo más. Es muy probable que tenga información que no conocemos”, indicó.

Según Bassino, si el fiscal tuviera información adicional sobre la cual ha decidido abrir la investigación, tiene la obligación de consignarla en la disposición de inicio de diligencias preliminares, “porque es en base a lo que está en la disposición que el investigado va a preparar su defensa”.

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