Aquellas personas que no ejerzan el cargo de miembro de mesa recibirán una multa de 230 soles. | Foto: Andina
Aquellas personas que no ejerzan el cargo de miembro de mesa recibirán una multa de 230 soles. | Foto: Andina
Redacción EC

La Oficina Nacional de Procesos Electorales () informó que un total de 505,938 ciudadanos fueron seleccionados como miembros de mesa, entre titulares y suplentes, para las del 2 de octubre. Este sábado 23 de julio, la entidad dio a conocer la lista de los miembros de mesa a nivel nacional y habilitó un de consulta para que los ciudadanos sepan si fueron elegidos.

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Mediante un sorteo público, las 93 oficinas descentralizadas de procesos electorales seleccionaron a tres miembros de mesa titulares y tres suplentes para cada una de las 84,323 mesas de sufragio que deberán instalarse en la jornada electoral.

Para el sorteo de miembros de mesa, fueron considerados los ciudadanos con mayor grado de instrucción de la mesa correspondiente y a los que aún no han ejercido dicha labor en anteriores procesos electorales.

El próximo domingo 2 de octubre, los ciudadanos sorteados tendrán la responsabilidad de conducir la instalación, el sufragio y el escrutinio en las mesas que se deberán instalar en todo el país, las cuales tendrán en cada una 200 electores como mínimo y 300 como máximo.

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TACHA A UN MIEMBRO DE MESA

Tras los sorteos, la ONPE publicará la lista de miembros de mesa para que cualquier ciudadano o personero pueda realizar las tachas que estime pertinente, dentro de los tres días hábiles contados a partir de la publicación.

Esta norma fue establecida en el artículo 60° de la Ley Orgánica de Elecciones, donde además señala que la tacha que no esté sustentada simultáneamente con prueba instrumental, no será admitida a trámite por las ONPE.

Las tachas sustentadas son enviadas el mismo día de recepción a los Jurados Electorales Especiales, los cuales las resuelven dentro del siguiente día de haber sido formuladas.

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EXCEPCIONES PARA MIEMBROS DE MESA

De acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones, no pueden ser miembro de mesa de sufragio, los candidatos y personeros de las organizaciones políticas, ni los funcionarios y empleados que pertenecen al sistema electoral.

Tampoco las autoridades políticas ni los ciudadanos que integran los comités directivos de las organizaciones políticas inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones, entre otros casos.

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LABOR DE LOS MIEMBROS DE MESA

Los ciudadanos elegidos, quienes son la máxima autoridad electoral en cada mesa de sufragio, deberán realizar la instalación temprana y el correcto funcionamiento de la misma mesa el próximo domingo 2 de octubre.

Para ejercer debidamente el cargo, los miembros de mesa serán preparados por los especialistas de las oficinas descentralizadas de procesos electorales y podrán participar en las jornadas de capacitación previstas para los domingos 18 y 25 de septiembre.

Aquellas personas que no ejerzan el cargo de miembro de mesa recibirán una multa de 230 soles. Asimismo, los miembros de mesa que ejerzan el cargo en las elecciones regionales y municipales del 2 de octubre recibirán una compensación económica de 120 soles.

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