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Qué hacer cuando una persona fallece sin dejar Testamento: La Sucesión Intestada
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Si una persona fallece sin dejar testamento, la ley protege a la familia del fallecido y su patrimonio mediante la llamada Sucesión Intestada. Este trámite puede solicitarse vía notarial o judicial.
¿Qué es la Sucesión Intestada?
Es el procedimiento mediante el cual se declara quiénes heredarán a una persona fallecida que, entre otros supuestos, no otorgó testamento o dejó uno que ha sido declarado nulo.
¿Quiénes heredan y en qué orden?
El Código Civil establece cuatro grupos principales de herederos:
- Primer orden: los hijos, demás descendientes y el cónyuge o conviviente sobreviviente con Unión de Hecho inscrita. Los hijos heredan por partes iguales, y el cónyuge o conviviente sobreviviente hereda la misma porción que un hijo. Este grupo desplaza a todos los demás.
- Segundo orden: los padres, demás ascendientes y el cónyuge o conviviente sobreviviente con Unión de Hecho inscrita. Si el fallecido no dejó hijos, la herencia corresponde a sus padres o abuelos.
- Tercer orden: los hermanos. En ausencia de descendientes y ascendientes, heredan los hermanos del fallecido. En caso de concurrencia de hermanos de padre y madre con medios hermanos, los primeros reciben doble porción que los últimos.
- Cuarto orden: los parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad. En ausencia de los tres primeros grupos, heredan los tíos, sobrinos y primos, privilegiando siempre a los parientes de grado más cercano.
Si no existe ningún heredero dentro de estos grupos, los bienes pasan al Estado, específicamente a la Sociedad de Beneficencia.
¿Cómo se inicia el trámite o proceso?
La Sucesión Intestada puede tramitarse ante Notario o Juez:
- Vía Notarial: Es la más sencilla y rápida. Puede ser presentada por cualquiera de los herederos. El notario manda a publicar un aviso conteniendo un extracto de la solicitud y, si no se presenta nadie dentro del plazo legal que también se considere heredero, pero no esté incluido en la solicitud, el notario extenderá un Acta declarando herederos a quienes hubiesen acreditado su derecho.
- Vía Judicial: De igual manera, puede ser presentada por cualquier heredero. El juez publica un aviso y, si dentro de los 30 días se apersona alguien que también se considere heredero, citará a una audiencia. Si nadie se presenta, resolverá sin audiencia, de acuerdo con lo probado.
¿Cuáles son las consecuencias de presentar una solicitud de Sucesión Intestada ocultando deliberadamente a un heredero con derecho a participar?
Ocultar intencionalmente a un heredero con el fin de excluirlo de la Sucesión Intestada tiene graves consecuencias:
- Penales: Se configuran delitos como Falsedad Genérica, Fraude Procesal y/o Apropiación Ilícita.
- Civiles y Sucesorias: El heredero excluido puede solicitar la nulidad de la Declaratoria de Herederos y reclamar una indemnización por daños y perjuicios.
- Notariales: Si el notario descubre dolo (intención) de excluir a algún heredero, está obligado a remitir copias al Ministerio Público, activando una investigación penal.
Recomendación e importancia
Cuando un familiar fallece sin haber dejado un testamento, la inscripción en Registros Públicos de la Sucesión Intestada o Declaratoria de Herederos es fundamental. Sin esta inscripción los familiares no pueden, por ejemplo, disponer de los bienes del fallecido, acceder a sus cuentas bancarias ni administrar sus negocios.
La Sucesión Intestada es, en suma, un mecanismo diseñado para brindar seguridad jurídica a los familiares del fallecido y proteger su patrimonio cuando no existe testamento.

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