(Foto: Presidencia)
(Foto: Presidencia)
/ Presidencia
Karem Barboza Quiroz

El presidente Pedro Castillo pidió que el invalide las diligencias y anule la resolución que autorizó el allanamiento a , ocurrido el 9 de agosto, que tenía como fin buscar y capturar a su cuñada.

El mandatario presentó para ello un recurso de hábeas corpus contra el fiscal del Equipo Especial contra la Corrupción del Poder Hans Aguirre; el coronel PNP , jefe del equipo especial de la Policía Nacional, y el juez Raúl Justiniano Romero, del Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria, quien emitió la resolución de allanamiento.

El Poder Judicial admitió a trámite el hábeas corpus el lunes pasado. “[Se] declare la nulidad parcial de la resolución del 5 de agosto del 2022 en el extremo que autoriza el allanamiento, registro de inmueble y el descerraje de Palacio de Gobierno”, se indica en el documento de admisión al que accedió El Comercio.

MIRA: Todos los motivos por los que la fiscalía sindica al círculo familiar de Pedro Castillo como una presunta red criminal

El recurso será resuelto por el magistrado Juan Torres Tasso, del Noveno Juzgado Constitucional de Lima.

La pretensión de Castillo es además que no se les vuelva a autorizar al fiscal Aguirre y al coronel PNP Colchado un allanamiento a Palacio. “[Que ambos] se abstengan de volver a cometer el acto lesivo denunciado”, indica la demanda.

El martes de la semana pasada, un equipo de la fiscalía y de la policía –autorizados para detener a Yenifer Paredes– llegó a Palacio tras determinar, por informes de inteligencia, que la hermana de la primera dama Lilia Paredes estaba allí. Finalmente, no lograron hallarla.

Argumentos

Según los argumentos de Castillo, el fiscal Aguirre habría afectado la inviolabilidad de su domicilio al haber acudido a Palacio de Gobierno, cuya titularidad de domicilio recae en él como presidente y no en la investigada Yenifer Paredes.

Por tanto, aseguró que la única autoridad que podría solicitar un requerimiento de allanamiento y descerraje de la vivienda presidencial es la fiscal de la Nación, ante un juez supremo. En ese sentido, añade que el juez Romero tampoco era competente para emitir la resolución.

MIRA: Yenifer Paredes: Municipalidad de Lima entrega videos de seguridad de los días 9 y 10 de agosto

Castillo aduce que el allanamiento no lo efectuó el fiscal Aguirre, sino el coronel PNP Colchado, quien no fue autorizado por la resolución judicial. Este último, aseguró, “habría intimidado” al personal de Palacio durante la diligencia. Por ello, en su demanda pide que se declare la vulneración a la inviolabilidad de domicilio y a la motivación de las resoluciones judiciales.

Motivos de fondo

El abogado penalista Andy Carrión explica que no existen razones válidas para que se declare fundado el recurso de hábeas corpus y, por tanto, lo más probable es que sea rechazado. Esto teniendo en cuenta que un juzgado constitucional ya ha rechazado un anterior recurso similar presentado por Castillo, cuando se intervino Palacio en el Caso Petro-Perú.

Carrión consideró que la demanda constitucional tendría como trasfondo otra finalidad. Esta sería que la fiscalía no pueda acceder a los videos de vigilancia de Palacio de Gobierno el día que se ejecutó el allanamiento.

“Lo que pretende es deslegitimar, porque si tú declaras nulo el extremo del allanamiento de Palacio, se supone que todo aquello que sobrevino después y lo que se obtuvo, producto del descerraje, vuelve al estado anterior. Es decir que si se ha incautado algo no sería válido y tampoco se daría la razón en la entrega de videos de vigilancia”, comentó.

El ex fiscal anticorrupción Pedro Angulo también descartó que el recurso pueda ser declarado fundado. Recordó el caso del allanamiento a las oficinas del ex fiscal supremo Pedro Chávarry, quien alegó que el fiscal provincial José Domingo Pérez no era competente para dicha diligencia. Sin embargo ese argumento no prosperó.

MIRA: Geiner Alvarado, el ministro investigado por la fiscalía y sindicado como “lugarteniente” de una presunta red criminal

Para Angulo, no es válido alegar que Yenifer Paredes no vive en Palacio, ya que para efectos de una detención, el derecho civil y el penal admiten que un domicilio pueda ser intervenido, incluso, si la persona buscada no es titular del mismo. “En derecho civil el domicilio es donde está una persona. Es decir, si yo me desplazo a Arequipa o Puno, mi domicilio policial y fiscalmente será el hotel donde me hospedo. Si se está haciendo seguimiento a una persona, el lugar donde se le puede detener es donde físicamente se encuentre, así sea Palacio”, explicó.

El lunes, Eduardo Pachas, quien ejerce la defensa legal de Castillo, dijo que si la justicia les da la razón podrían apartar al fiscal Aguirre y al coronel PNP Colchado de la investigación.

El equipo de Aguirre había pedido las imágenes de las cámaras de seguridad de la residencia presidencial y Palacio de los días 8, 9 y 10 de agosto. El juez Justiniano desestimó esa solicitud.

Contenido sugerido

Contenido GEC