Este viernes 31 de octubre coincide con dos celebraciones populares: Halloween y el Día de la Canción Criolla. Ante este contexto, muchos trabajadores peruanos se preguntan si será una o si deberán asistir con normalidad a sus centros laborales.

Sin embargo, la respuesta se encuentra en el calendario oficial del Gobierno, donde se precisan los feriados y días no laborables programados para el año 2025. A continuación, te contamos qué se sabe al respecto.

¿QUÉ DICE EL CALENDARIO OFICIAL SOBRE EL 31 DE OCTUBRE DE 2025?

Aunque el 31 de octubre es una fecha con doble motivo de celebración, no ha sido designada como feriado ni día no laborable en el calendario oficial del 2025. Esto significa que las actividades laborales, escolares y administrativas se realizarán con normalidad tanto en el sector público como en el privado, según explica el diario La República.

Foto: Andina
Foto: Andina

¿CUÁL SERÁ EL PRÓXIMO FERIADO EN EL CALENDARIO 2025?

El siguiente feriado nacional será el sábado 1 de noviembre, Día de Todos los Santos. Esta festividad religiosa recuerda a los santos y mártires del cristianismo y, en el Perú, muchas familias visitan los cementerios para rendir tributo a sus seres queridos con flores, oraciones y momentos de recogimiento.

¿QUÉ FERIADOS LE QUEDAN AL 2025?

Todavía hay cuatro días festivos en el calendario nacional:

  • Sábado 1 de noviembre: Día de Todos los Santos.
  • Lunes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
  • Martes 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho.
  • Jueves 25 de diciembre: Navidad.

Estos días libres representan oportunidades para rendir homenaje, reunirse con la familia y, al mismo tiempo, disfrutar de un merecido descanso.

Foto: Pexels
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¿CUÁNTO TE DEBEN PAGAR SI TRABAJAS UN FERIADO?

De acuerdo con la Cámara de Comercio de Lima (CCL), si un trabajador realiza sus labores durante un feriado sin recibir descanso compensatorio, la empresa debe pagarle una triple remuneración por ese día. Este monto se calcula del siguiente modo:

  • Pago por el feriado (ya incluido en el salario mensual).
  • Pago diario adicional por las horas efectivamente trabajadas.
  • Bonificación extra del 100% del salario diario por trabajar en día feriado.

En otras palabras, el empleado recibe el equivalente a tres sueldos diarios por haber cumplido con su jornada en una fecha festiva.

¿EN QUÉ SE DIFERENCIAN EL FERIADO Y EL DÍA NO LABORABLE?

Aunque muchas personas relacionan el feriado con el día no laborable, existe una diferencia entre ambos términos. Aquí te presentamos las diferencias:

  • Feriado: es un día festivo nacional en el que los trabajadores, tanto del sector público como privado, pueden dejar de laborar. Lo mismo ocurre con los estudiantes, quienes dejan de ir a sus clases. En el caso de que un empleado trabaje un feriado, recibirá una remuneración adicional, que normalmente es el triple, así sea domingo.
  • Día no laborable: es decretado por el Gobierno de turno y está dirigido al sector público. En el privado, el empleador decidirá si sus trabajadores laboran o no. Si en caso un empleado trabaja con normalidad, esto no significa que recibirán un pago extra, ya que sólo recibirá el mismo sueldo sin incrementos. Las horas dejadas de laborar deberán ser compensadas en los 10 días inmediatos posteriores (con horas extras, trabajando días de semana o considerarlo a cuenta de las vacaciones), o en la oportunidad que establezca cada entidad en función a sus propias necesidades.