Inicia un Año Nuevo con grandes noticias para importante sector de trabajadores peruanos, siendo la bonificación por aquel beneficio que también se pagará en 2026. A inicios de diciembre último, la ley que aprueba el presupuesto anual de gastos para este periodo iniciado en enero, terminó siendo publicada, y dentro de ella brindándose todos los detalles entorno a dicha prestación económica.

¿HASTA CUÁNDO DE 2026 SE PAGARÁ LA BONIFICACIÓN POR ESCOLARIDAD EN PERÚ?

A nivel nacional, un sector de trabajadores en particular recibe cada año ciertos incentivos y beneficios que buscan aliviar carga económica, siendo el Bono por Escolaridad aquel concepto que con miras al 2026, figura nuevamente incluido en presupuesto de gastos puntual.

De acuerdo a información brindada mediante publicada el 4 de diciembre de 2025, hoy se confirma que dicha prestación monetaria “se incluye en la planilla de pagos correspondiente a enero”, y ascendente a los 400 soles pagada hasta estas fechas, según entidad de gobierno peruano donde laboras:

  • Miércoles 21 de enero / Educación (incluye Universidades), Presidencia del Consejo de Ministros, Transportes y Comunicaciones, Defensa, Poder Judicial, Ministerio Público, Economía y Finanzas, Justicia, Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras, Contraloría General de la República, Congreso de la República, Agrario y de Riego, Energía y Minas
Inicia el 2026, y los trabajadores del sector público recibiendo bonificación por escolaridad que figura incluida en la planilla de pagos correspondiente a enero. (Fuente: El Peruano)
Inicia el 2026, y los trabajadores del sector público recibiendo bonificación por escolaridad que figura incluida en la planilla de pagos correspondiente a enero. (Fuente: El Peruano)
  • Jueves 22 de enero / Interior, Desarrollo e Inclusión Social, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Defensoría del Pueblo, Relaciones Exteriores
  • Viernes 23 de enero / Salud, Mujer y Poblaciones Vulnerables, Cultura, Ambiental, Trabajo y Promoción del Empleo, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
  • Lunes 26 de enero / Producción, Comercio Exterior y Turismo, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Fuero Militar Policial, Junta Nacional de Justicia, Jurado Nacional de Elecciones, Tribunal Constitucional

A propósito de este otorgamiento de la bonificación por escolaridad ascendente a los 400 soles, y a falta de aprobación de reglamento para hacerlo efectivo, resulta importante destacar que a diferencia de los siguientes trabajadores del sector público que reciben la prestación abonada en enero 2026, los profesores contratados y auxiliares de educación en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, recién lo podrán percibir hacia fines del mes de junio:

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512.
  • Docentes universitarios a los que se refiere la Ley Nº 30220.
  • Personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1153.
  • Obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú (PNP).
  • Pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091.

REQUISITOS PARA ACCEDER AL COBRO DE BONO POR ESCOLARIDAD EN ENERO 2026

  • Estar laborando a la fecha de vigencia de la presente norma, o en uso del descanso vacacional, licencia con goce de remuneraciones, o percibiendo los subsidios referidos mediante la Ley Nº 26790 (Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud).
  • Contar laborando con una antigüedad no menor de 3 meses, pero si no calificaras por el referido tiempo, el bono termina abonándose en forma proporcional a los meses y días trabajados.

EL OTRO BONO QUE COBRAN ESTOS TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO EN 2026

El acuerdo al que llegaron la representación empleadora del Estado Peruano y la sindical integrada por las confederaciones estatales, hoy determina que ciertos trabajadores terminen cobrando bono excepcional durante el Año Nuevo 2026.

De manera puntual, la décimo segunda cláusula del , remarca que los “servidores públicos bajo los regímenes del Decreto Legislativo N° 276, Decreto Legislativo N° 728, Decreto Legislativo N° 1057, Ley N° 30057, Ley N° 29709 y Ley N° 28091″, terminarán accediendo al monto extraordinario y ascendente a los 100 soles, y como máximo dentro de los días correspondientes a enero tras trámite de pago iniciado en diciembre.

El referido bono no tiene carácter remunerativo, no está afecto a cargas sociales, no es de naturaleza pensionable, y no forma parte del cálculo de beneficios laborales”, se alcanza a especificar mediante documento donde tanto la representación empleadora del Estado Peruano como la sindical integrada por las confederaciones estatales, sellan acuerdos que deben hacerse efectivos durante el año 2026, y entre los cuales también figura el incremento salarial aplicado de forma permanente.

Toma en consideración asimismo, que solamente encontrándote registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) al 30 de junio de 2025, y contando con vínculo laboral a la fecha de pago de los S/100 excepcionales, puedes terminar figurando incluido en listado de beneficiarios que de igual manera gozan de otros privilegios laborales.