Con el objetivo de revertir los índices de criminalidad que azotan a Lima y Callao durante los últimos tiempos, este domingo el Gobierno de Dina Boluarte amplió el estado de emergencia por 30 días. A pesar de que diariamente los comerciantes, transportistas, amas de casa, profesionales, entre otros, son victimas de la terrible delincuencia, entre las medidas implementadas por el Ejecutivo se encuentra una serie de prohibiciones dirigidas a los motociclistas, ya que esta modalidad de transporte es una de las más utilizadas por los delincuentes. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.
¿QUÉ ELEMENTOS ESTÁN PROHIBIDOS PARA LOS MOTOCICLISTAS DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA?
Mediante el Decreto Supremo 046-2025-PCM, publicado en el diario El Peruano, el Poder Ejecutivo dictaminó que se prorrogue el estado de emergencia por un plazo de 30 días a partir de este jueves 17 de abril. Una de las principales medidas que tomó el Gobierno de Dina Boluarte es prohibir a las motocicletas de categorías L1 y L3 circular con un acompañante ni tampoco deberán llevar objetos o accesorios adicionales al casco que bloqueen o limiten la visibilidad del rostro del conductor que transitan por Lima y Callao.
Asimismo, esta medida no será aplicada para la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas, serenazgo municipal y el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú que estén cumpliendo sus labores. Sin embargo, eso no es todo, ya que las autoridades encargadas de supervisar estas restricciones será la Policía, con apoyo de las Fuerzas Armadas en aquellos lugares donde se requiera su respaldo para salvaguardar la integridad de la ciudadanía.
“Durante la vigencia del Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo N° 035-2025-PCM en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao, y la prórroga dispuesta por el presente Decreto Supremo se restringe el acceso a las vías a los vehículos menores de las categorías vehiculares L1 y L3, los cuales solo podrán circular con su conductor, sin llevar ningún acompañante. Se aconseja que se adviertan indicios de la comisión de un delito, los involucrados serán conducidos a las comisarías policiales para realizar las investigaciones que correspondan conforme al marco normativo administrativo y penal correspondiente”, indica el documento.
¿QUÉ ACTIVIDADES NO ESTÁN PERMITIDAS DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA?
Durante el estado de emergencia, los agentes de seguridad tendrán, en caso de que ocurran situaciones de riesgo, la facultad de intervenir en un domicilio o establecimiento sin requerir una orden judicial, y podrán suspender una fiesta, reunión o cualquier otro evento, según sea necesario. Asimismo, eso no es todo, ya que se reforzarán las acciones para dar batalla a la delincuencia común, el crimen organizado (extorsión y sicariato) y el narcotráfico mediante la inteligencia policial.

Además, en este periodo del estado de emergencia habrá un riguroso control de armas y la verificación de las tarjetas de propiedad y licencias. Esto con el objetivo de reducir la actividad delictiva y debilitar el poder de las mafias que extorsionan a artistas, empresarios, directores de colegios y propietarios de negocios en general, quienes son victimas diariamente de estos criminales.
¿QUÉ SE SABE SOBRE UN POSIBLE TOQUE DE QUEDA EN LIMA Y CALLAO?
El estado de emergencia, que se aprobó a través de un Decreto Supremo, no menciona sobre la implementación del toque de queda para Lima y Callao, aunque sí se refiere a la inviolabilidad de domicilio y suspensión de la libertad de tránsito en caso sea necesario. Es importante mencionar que la declaratoria de emergencia ocurre en el contexto de cuestionamientos del Gobierno de Dina Boluarte y el Congreso de la República.
