

El Pleno del Congreso aprobó por unanimidad (92 votos) el dictamen que modifica la Ley 28587, norma complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en materia de servicios financieros. La medida establece que las entidades del sistema financiero deberán informar a los usuarios los motivos por los cuales sus solicitudes de crédito fueron rechazadas.
El presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Ilich López Ureña (Acción Popular), señaló que la norma “busca aprobar que ante la denegatoria de un crédito, el usuario pueda solicitar por qué se le ha denegado ese crédito”.
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Por su parte, el titular de la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, Idelso García Correa (Alianza para el Progreso), indicó que esta medida “beneficiará no solo a los consumidores, sino que es necesaria para la convivencia pacífica en una sociedad democrática, a fin de promover la inclusión financiera y, sobre todo, contribuir a la educación financiera de la población”.
El dictamen incorpora el artículo 2-A en la Ley 28587. Dicho artículo establece que las entidades financieras deberán informar expresamente las razones que llevaron a rechazar una solicitud crediticia, siempre que el solicitante lo requiera.
No obstante, la norma establece una excepción cuando la negativa responda a criterios vinculados al perfil del solicitante, basados en las normas prudenciales emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), conforme al artículo 85 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

La propuesta legislativa, identificada como Proyecto de Ley 7588/2023-CR, fue exonerada de segunda votación.
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