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2 / 14 El producto Pura Vida Nutrimax (Gloria S.A.) tiene una multa que asciende a las 450 UIT, es decir, S/1.867.500. (Foto: Plaza Vea)
3 / 14 El producto Ideal Amanecer tendrá que pagar una multa que asciende a las 450 UIT, es decir, S/1.867.500. (Foto: Plaza Vea)
4 / 14 El producto Bonlé Leche Evaporada Familiar (Gloria S.A.) tendrá que pagar una multa que asciende a las 450 UIT, es decir, S/1.079.000. (Foto: Plaza Vea)
5 / 14 El producto Reina del Campo (Nestlé Perú S.A.) tendrá que pagar una multa que asciende a las 450 UIT, es decir, S/348.600. (Foto: Archivo)
6 / 14 El producto Bonlé Leche Evaporada Deslactosada (Gloria S.A.) tendrá que pagar una multa que asciende a las 450 UIT, es decir, S/1.867.500. (Foto: Plaza Vea)
7 / 14 El producto Evaporada Vitaminizada (Tetrapak) (Laive S.A.) tendrá que pagar una multa que asciende a las 450 UIT, es decir, S/1.867.500. (Foto: Plaza Vea)
8 / 14 Evaporada Vitaminizada (Foto: Riqra)
9 / 14 Laive 0% Lactosa (Foto: Vivanda)
10 / 14 Laive Light (Foto: Archivo)
11 / 14 El producto Bonlé Leche Evaporada [Bolsitarro] (Gloria S.A.) --junto a Bonlé Leche Evaporada Light (Tetrapack) y Pura Vida Nutrimax (Bolsitarro)- fue sancionado con una multa que asciende a las 450 UIT, es decir, S/1.867.500. (Foto: Riqra)
12 / 14 El producto Bonlé Leche Evaporada Light [Tetrapack] (Gloria S.A.) -junto a Bonlé Leche Evaporada (Bolsitarro) y Pura Vida Nutrimax (Bolsitarro)- fue sancionado con una multa que asciende a las 450 UIT, es decir, S/1.867.500. (Foto: Wong)
13 / 14 El producto Pura Vida Nutrimax [Bolsitarro] (Gloria S.A.) -junto a Bonlé Leche Evaporada (Bolsitarro) y Bonlé Leche Evaporada Light (Tetrapack)- fue sancionado con una multa que asciende a las 450 UIT, es decir, S/1.867.500.
14 / 14 El producto Ideal Light (Nestlé Perú S.A.) fue sancionado con una multa que asciende a las 450 UIT, es decir, S/1.867.500. (Foto: Wong)
Este martes, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi (SPC) ratificó la decisión de sancionar a las empresas Gloria S.A., Nestlé Perú S.A. y Laive S.A., por no cumplir con el correcto etiquetado de los productos denominados.
Sin embargo, el Tribunal decidió reducir la multa debido a que la legislación impide sancionar dos veces por el mismo hecho a una empresa. Con la modificación, la multa total impuesta asciende a los 2.306,98 UIT (unidades impositivas tributarias), lo que equivale a S/9.573.967.
Asimismo, como medida correctiva, se ordenó que las empresas en mención -en un plazo de treinta días hábiles, contando a partir del día siguiente hábil de notificadas las referidas resoluciones- implementen políticas o ejecuten protocolos comerciales con su red de distribuidores, canales de venta, principales clientes u otra área encargada.
Esto con el objetivo de poder acreditar que aquellas unidades que consignaron una denominación errónea hayan adecuado o modificado el nombre en su etiquetado.
A continuación, revisa en la siguiente galería cuáles son los productos sancionados y a cuánto asciende su respectiva multa, tras la modificación de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi (SPC).