Este nuevo marco normativo  significa una reforma que simplifica las compras de bienes y servicios del Estado y propicia un mejor uso de los recursos, optimizando procesos. Foto: GEC.
Este nuevo marco normativo significa una reforma que simplifica las compras de bienes y servicios del Estado y propicia un mejor uso de los recursos, optimizando procesos. Foto: GEC.
Redacción EC

El , a través de la viceministra de Economía, Denisse Miralles, presentó la nueva Ley General de Contrataciones Públicas (Ley N° 32069), cuyo reglamento entró en vigor el 22 de abril.

Este nuevo marco normativo significa una reforma que simplifica las compras de bienes y servicios del Estado y propicia un mejor uso de los recursos, optimizando procesos, aumentando la transparencia y promoviendo la competencia.

Hoy avanzamos hacia una mayor eficiencia del gasto público con este conjunto de medidas que siguen lineamientos eficientes y transparentes, y que promoverán compras estatales oportunas mediante el trabajo técnico del MEF y de sus órganos adscritos, con innovación y profesionalidad. Se van a generar importantes ahorros en tiempo y dinero del Estado”, señaló Miralles.

La nueva Ley de Contrataciones del Estado fija los principios de gobernanza en las compras públicas, mediante un enfoque estructurado desde el MEF, a través de la Dirección General de Abastecimiento (DGA), y articulado con el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE, antes OSCE) y la Central de Compras Públicas (Perú Compras). En este nuevo marco legal, se amplía las competencias de estos órganos y les otorga funciones clave.

Para la viceministra de Economía, este principio representa un cambio de paradigmas en las compras públicas en el Perú. “Se han tomado en cuenta las recomendaciones de la OCDE, y aplica un enfoque que abarca toda la cadena del abastecimiento público. Además, estamos considerando que el Estado peruano es el mayor comprador en el país”, resaltó.

También, se establecen medidas que dinamizan la participación de los proveedores estatales, creando incentivos según su desempeño y precisando los alcances y temporalidades de los impedimentos, entre otras medidas.

Además, se incorporaron nuevos mecanismos de contratación (acuerdos de riesgo compartido y habilitación del uso de contratos estandarizados de ingeniería y construcción de uso internacional, entre otros) y de solución de controversias.

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