(Foto: GEC)
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Redacción EC

El Organismo Supervisor de la Inversión en Telecomunicaciones () confirmó en segunda instancia una sanción por 151 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) o S/626.650 contra la operadora chilena por incumplir las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones.

“Toda vez que realizó la contratación de 160.598 servicios públicos móviles, sin utilizar el sistema de verificación biométrica de huella dactilar cuando los usuarios ya contaban con diez servicios públicos móviles activos a su nombre; de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución”, se lee en la resolución.


Asimismo, se establece que en caso que el abonado sea persona natural y cuente con diez servicios públicos móviles bajo su titularidad y decida contratar uno o más servicios, sea bajo la modalidad prepago, control o postpago, en una misma empresa operadora, únicamente podrá realizar la contratación del servicio en las oficinas o centros de atención de la empresa operadora, utilizando el mecanismo del sistema de validación biométrica de huella dactilar para validar la identificación del abonado contratante.

Por otro lado, Osiptel menciona que no corresponde la aplicación de los factores atenuantes, ya que Entel no ha reconocido su responsabilidad de manera expresa y por escrito.

Pese a que Entel ha argumentado en el informe oral que se encuentra implementando medidas para dar cumplimiento a su obligación, la compañía no ha remitido medio probatorio alguno orientado a acreditar dicha afirmación.

Por último, Osiptel indica que la presente resolución agota la vía administrativa. A Entel solo le quedaría acudir a la vía judicial.

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