Los ciudadanos pueden presentar la solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento hasta el 31 de diciembre de 2021. (Foto: GEC)
Los ciudadanos pueden presentar la solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento hasta el 31 de diciembre de 2021. (Foto: GEC)
/ Giancarlo Avila
Por Redacción EC

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) estableció que el saldo de la deuda tributaria acogida anteriormente al Régimen de Aplazamiento y Fraccionamiento (RAF) comprendida en las resoluciones de pérdida declarada por la Sunat pueda, por excepción, acogerse por única vez a un nuevo aplazamiento hasta el 31 de diciembre.

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