San Borja emitió norma parra regular el reparto de mercadería por delivery. (Foto: GEC)
San Borja emitió norma parra regular el reparto de mercadería por delivery. (Foto: GEC)

La Municipalidad de San Borja estableció, mediante la Ordenanza N° 648-MSB, los mecanismos de regulación del servicio de transporte de productos a través de vehículos menores, motorizados y no motorizados; es decir, aquellos dedicados al reparto de mercadería por delivery.

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A través de un comunicado, la comuna detalló que la norma establece que todas las personas que se dediquen a esta actividad deberán registrarse previamente ante su Unidad de Tránsito para ser conductores autorizados; y deberán portar un uniforme en caso de prestar servicios para una empresa en específico. Las sanciones para quienes no cumplan estos requisitos ascenderán al 50% de 1 UIT.

Para solicitar el registro, los conductores deberán cumplir los siguientes requisitos: una solicitud indicando nombre completo, número de DNI, domicilio legal, teléfono, correo electrónico, nombre de la empresa o local comercial para el que presta servicios. Asimismo, copia de la licencia de conducir vigente y del récord de conductor.

La ordenanza establece también la prohibición del transporte de pasajeros en vehículos menores en San Borja, es decir, el servicio de taxi en moto lineal. De igual manera, no se permitirá la circulación de triciclos acoplados a moto lineal o triciclos propiamente dichos para actividades como el reciclaje. La sanción es una multa de 1 UIT.

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Responsabilidad solidaria

Mediante esta norma se dispone que las empresas o locales comerciales que ofrecen el servicio de reparto por delivery serán responsables solidarias ante terceros por posibles daños ocasionados por accidentes que involucren a los vehículos menores.

Además, tendrán que registrar a los conductores a su cargo, capacitarlos en materia de urbanidad, calidad de servicio, seguridad vial y normatividad de tránsito, verificar las pólizas de seguridad y establecer áreas destinadas al despacho de productos.

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Incumplir cualquiera de estas disposiciones también originará el pago de multas, de entre el 30 y 50% de 1 UIT.

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