Sostuvo que el gobierno central debió asignar presupuesto específico a los municipios para la señalización. (Fotos: Alessandro Currarino/El Comercio)
Sostuvo que el gobierno central debió asignar presupuesto específico a los municipios para la señalización. (Fotos: Alessandro Currarino/El Comercio)
/ ALESSANDRO CURRARINO
Redacción EC

El alcalde de , Álvaro Paz de la Barra, expresó su rechazo ante la puesta en vigencia de los nuevos límites de velocidad para calles, jirones y avenidas de las zonas urbanas y para las carreteras en su paso por centros poblados de todo el país o zonas escolares, residenciales y cerca a hospitales.

MIRA AQUÍ | Nuevos límites de velocidad en Lima: norma entra en vigencia en medio de dudas

A través de un comunicado, la autoridad edil señaló que hay un sector que rechaza esta medida “porque no se ha implementado aún la logística necesaria y no se ha invertido en señalética en todos los distritos, para alertar los nuevos límites”. En esa línea, consideró que imponer las multas resultará una “medida confusa y de abuso de autoridad”.

No podemos continuar en medio de la improvisación, aquí solo habrán muchos conductores perjudicados llenándose de multas impagables; por ejemplo, a la PNP se le puede ocurrir colocar un medidor de velocidad en una vía dónde aún no se ha cambiado la señalética. Le llegará la multa al conductor que solo seguía la señalética, este deberá impugnar, entrando a un proceso engorroso e innecesario”, detalló Paz de la Barra.

Mencionó que si bien es cierto, la norma se publicó hace un año, no se consideró que de forma aislada no dará resultados. “Para reducir los accidentes no basta con reducir las velocidades, hay que saber cuáles son las vías de mayor siniestralidad y tiene las condiciones para evitar un accidente. Si tiene semáforo, si está reparada la pista, tiene señalética, etc. El MTC debía seguir estos lineamientos a nivel provincial y distrital, otorgando presupuesto específico”, añadió.

LEE MÁS | Fiscalía dispone iniciar diligencias por presuntas irregularidades en designaciones en Sutran

En otro momento, Paz de la Barra sostuvo que el gobierno central debió asignar presupuesto específico a los municipios para la señalización, mantenimiento e implementación de la medida, como semáforos, cámaras de control y reductores de velocidad vial, según la cantidad de vehículos que circulen por cada distrito, que aumenta el nivel de riesgo por accidentes.

La falta de tecnología en el control del tránsito y la ausencia de fiscalización electrónica, hace que medidas como la reducción del límite de velocidad a todas las avenidas y calles a una sola velocidad, sea letra muerta, porque no será efectivo, sin fiscalización y sanción por excesos a la velocidad máxima”, explicó.

El alcalde de la Molina dijo que el presupuesto de impuesto al rodaje debería asignarse proporcionalmente a los distritos, para invertir exclusivamente en el mantenimiento de vías, señalización y educación vial, pero esto no ocurre.

MÁS INFORMACIÓN | Transporte de pasajeros: todo lo que sabemos del proyecto ferroviario que busca conectar Lima con Huarochirí

La Municipalidad de Lima debería delegar la facultad a los municipios distritales para que sean estos los que administren los semáforos para regular la circulación de vehículos, bicicletas y peatones en vías, asignando el derecho de paso o prelación de vehículos y peatones secuencialmente”, manifestó.

Hemos solicitado reiteradamente desde el 2019 a la Municipalidad de Lima, que delegue la facultad para semaforizar de forma inteligente con cámaras que permitan el control de velocidad. Precisamente es eso lo que falta, dotar de recursos y que los distritos tengan más empoderamiento, que la municipalidad de Lima empodere a los distritos, no solo a nivel de obligaciones sino de decisiones. Si nosotros desconcentramos y capacitamos podremos tener mejor transitabilidad”, añadió.

Modificaciones

Los nuevos límites de velocidad estipulados en al Reglamento Nacional de Tránsito entraron en vigencia el 18 de julio de este año a nivel nacional. Estos son:

En áreas urbanas

-Un máximo de 30 km/h en calles y jirones. Antes el límite era de 40 km/h .

-Un máximo de 50 km/h en avenidas. Antes el límite era de 60 km/h .

En carreteras (que atraviesan centros poblados y/o pasen cerca a viviendas)

-Un máximo de 30 km/h en zonas comerciales.

-Un máximo de 50 km/h en zonas residenciales.

-Un máximo de 30 km/h en en zonas escolares / cerca a hospitales.

Sanciones

El Decreto Supremo 025-2021-MTC también introduce un criterio de gradualidad de sanciones por exceder los nuevos límites de velocidad, pues considera que a mayor exceso, aumenta el riesgo para la vida y salud del conductor y de los otros usuarios de la vía. A continuación las sanciones:

Si se excede hasta 10 km/h por encima del límite

Multa equivalente al 18% de una UIT (S/828) y 50 puntos negativos en el récord del conductor.

Si se excede entre 10 km/h y 30 km/h por encima del límite

Multa equivalente al 24% de una UIT (S/1.104) y 60 puntos en contra en su historial.

Si se excede en más de 30 km/h

Multa equivalente al 50% de una UIT (S/2.300) y se sumarán 70 puntos negativos en el historial del conductor.

Contenido sugerido

Contenido GEC