Este concurso estuvo dirigido a los profesionales de la educación que no se encuentran en la Carrera Pública Magisterial. (Foto: Agencia Andina)
Este concurso estuvo dirigido a los profesionales de la educación que no se encuentran en la Carrera Pública Magisterial. (Foto: Agencia Andina)
María Isabel León

Según la Sunat, cada año el Estado deja de recaudar aproximadamente 2,2% del PBI en tributos debido a exoneraciones fiscales. En un oficio dirigido por el intendente nacional adjunto de Desarrollo Estratégico de la Sunat a la viceministra de Hacienda el año pasado, se señaló que el cálculo de “gastos tributarios” (aquellos que el Estado deja de percibir al otorgar incentivos y beneficios fiscales) para el 2017 ascendía a S/15.493 millones. De esta cantidad, S/1.784 millones correspondían a la inafectación del IGV a entidades educativas con relación a la importación, transferencia y prestación de servicios.

Si bien la Constitución señala que las instituciones educativas constituidas conforme a la legislación “[...] gozan de inafectación de todo impuesto directo e indirecto que afecte los bienes, actividades y servicios propios de su finalidad educativa y cultural”, indica también que “para las instituciones educativas privadas que generen ingresos que por ley sean calificados como utilidades, puede establecerse la aplicación del Impuesto a la Renta (IR)” (en condicional). Es decir, la Constitución faculta al legislador a evaluar la posibilidad de aplicar el IR a aquellas entidades educativas privadas que generen “ingresos” que por ley “califiquen” como “utilidades”.

En 1995, el Banco Mundial recomendó a los países de América Latina promover la participación del sector privado en la educación debido a la falta de recursos públicos. Así, en 1996 el Gobierno expidió el Decreto Legislativo 882 a fin de promover la inversión privada en educación, elevar la cobertura y modernizar la infraestructura. Se fijó el “crédito tributario por reinversión”, a través del cual la entidad educativa constituida como sociedad anónima, en la medida en que reinvirtiera los ingresos generados –que calificaran como utilidades– en su propio crecimiento y otros aspectos señalados en la ley, gozaría de un crédito tributario de hasta 30% del IR. Esto equiparaba la cancha con las entidades asociativas (que por ley se ven obligadas a reinvertir todos sus excedentes en su finalidad principal, gozando automáticamente de inafectación al IR). En cambio, si la entidad educativa optaba por repartir dicha utilidad entre sus accionistas, estos resultarían gravados con la totalidad del impuesto, tal como ocurre en cualquier otra actividad económica.

Los primeros indicios del despegue de la educación privada gracias a esta medida se dieron a partir de 1997 en que la cobertura de institutos privados comenzó a crecer, y llegó a tener 2,5 veces más matrículas que el sector público. El crecimiento de la cobertura en las universidades privadas también se disparó hasta triplicar el número de matrículas de la oferta estatal. Como contraste, en los últimos 20 años, y a pesar del crecimiento del presupuesto fiscal asignado cada año a la educación universitaria pública en el país, la cobertura y atención de sus estudiantes casi no creció. Con ello podría pensarse que, de no haberse generado esta política de inafectación tributaria y promoción de inversión en educación, hoy podríamos tener una crisis social ante la falta de cobertura y atención, sobre todo en el nivel superior.

En cuanto a la educación básica, si bien el grueso de la matrícula se mantiene en el sector público (75%), no es menos cierto que muchos alumnos están migrando al sector privado, principalmente en Lima. Pese a que la educación pública que se ofrece a nivel primaria ha mejorado en los últimos años, la secundaria se encuentra muy por debajo de la opción privada. De acuerdo con los resultados de la prueba ECE 2016, en la educación rural secundaria (que es atendida en un 96% por el Estado) un 98% de jóvenes no razona matemáticamente ni entiende lo que lee.

La gran pregunta es si como país sentimos que ya hemos logrado un sistema educativo sólido, que atienda equitativamente a toda la población, con estándares mínimos de calidad, que pueda empujarnos a pensar en prescindir de la política de inafectación tributaria a favor de la inversión privada en educación, o no. Lo cierto es que, comprobando que solo el 40% de jóvenes peruanos tiene acceso a la educación superior vs. 70% en Argentina o Chile, pareciera que aún nos falta mucho por andar. Por ello, ni “promercado” ni “pro-estatal”, enfoquemos todos los esfuerzos en luchar en pro de la calidad del servicio educativo, sea privado o estatal.

(*) La autora es presidenta de Asiste Perú y vicepresidenta de la Federación de Instituciones Privadas de Educación Superior.