En el 2018, mas de cinco mil personas demandaron la inconstitucionalidad de una disposición final incluida en la Ley de Protección y Bienestar Animal, que excluía de dicha protección a las corridas de toros, peleas de toros, peleas de gallos y demás espectáculos declarados de carácter cultural. (Foto: El Comercio)
En el 2018, mas de cinco mil personas demandaron la inconstitucionalidad de una disposición final incluida en la Ley de Protección y Bienestar Animal, que excluía de dicha protección a las corridas de toros, peleas de toros, peleas de gallos y demás espectáculos declarados de carácter cultural. (Foto: El Comercio)
Hernán Medrano Marin

El pleno del Tribunal Constitucional debatió este martes el proyecto de sentencia que recomienda declarar infundada la demanda 00022-2018-PI/TC, sobre la constitucionalidad de la tauromaquia, gallística, y otros eventos presentada por la ciudadana María Herme Eguiluz Jiménez, junto con otras 5.286 personas, en setiembre de 2018.

Tras el debate, el tribunal ratificó la constitucionalidad de estas manifestaciones al no alcanzarse los cinco votos necesarios para que sea declarada fundada la demanda de su prohibición.

La demanda solicitaba que se declare inconstitucional una disposición complementaria de la Ley de Protección y Bienestar Animal (). La disposición excluía de dicha protección a las corridas de toros, peleas de toros, peleas de gallos y demás espectáculos declarados de carácter cultural.

-¿Qué señalaba el proyecto?-

El proyecto de ponencia presentado por el magistrado Carlos Ramos recomienda declarar infundada la demanda en función a 11 criterios. Entre ellos, se precisa que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica, y resulta indispensable mantener un régimen de protección legal de los animales contra el maltrato y la crueldad innecesaria.

Asimismo, refiere que las corridas de toros y peleas de gallos deben realizarse de acuerdo con las prácticas y usanzas tradicionales, que son las que justifican la excepción. Además, señala que el legislador, cada 20 años, deberá analizar el estado del debate en torno a una eventual prohibición de las prácticas que, en la actualidad, se consideran culturales.

-Posiciones en contra-

En diálogo con El Comercio, Rita Oyague, representante de Perú Anti Taurino, indicó que existe una contradicción en la ponencia del magistrado Ramos, ya que a pesar de que en sus considerandos se muestra a favor de una postura antitaurina, al final sostiene que la demanda es infundada.

“Su ponencia reconoce que las corridas de toros son espectáculos de violencia, que causan daños severos al animal, que se violan los derechos fundamentales de los niños, pero finalmente dice que la demanda es infundada. Su decisión para justificar la permanencia de estas manifestaciones se basa en la tradicionalidad”, manifestó.

Oyague precisó que si bien la Constitución habla del derecho a la cultura y de la preservación de esta, debe ser el Tribunal quien realice esta valoración tomando en cuenta ciertos criterios, como las necesidades de la época, la moral social, y el desarrollo de una cultura que rechaza el maltrato animal.

En Lima existen 8 coliseos destinados a las peleas de gallos. Uno de los más frecuentados se ubica en Puente Piedra. (Foto: Joseph Ángeles)
En Lima existen 8 coliseos destinados a las peleas de gallos. Uno de los más frecuentados se ubica en Puente Piedra. (Foto: Joseph Ángeles)
/ MARTIN SEGURA

Otro aspecto a tomar en cuenta, agregó, es la normatividad internacional. “La Unesco interpreta que el derecho a la preservación de la cultura no puede violar los derechos fundamentales. La tauromaquia vulnera estos derechos, sobre todo los de los niños. Uno de los criterios que tiene la Unesco es que la preservación de la cultura tiene que estar acorde con los objetivos de ir construyendo una cultura de paz”, expresó.

Con esta posición concuerda Hernán Villalta, representante de Red Vegana, quien dijo que el hecho que una manifestación cultural se haya realizado por mucho tiempo y se haya convertido en una tradición no significa que sea sana.

“No es un tema de que me guste o no, es algo que es negativo para la sociedad. El ser humano se degrada con este tipo de cosas. La tradición de la tauromaquia y de la gallística es cruel, es una cultura de violencia. Es una actividad que degrada al ser humano”, expresó.

Tanto para Oyague como para Villalta, estas manifestaciones culturales ya no tienen cabida en la sociedad actual. “No vamos a estar de acuerdo a que estas costumbres sigan siendo legales. Lo que queremos es la abolición total de las corridas de toros, peleas de toros, peleas de gallos, porque son violencia, y esta no debe ser tolerada. ¿Qué mensaje les dejamos a las futuras generaciones?”, sostuvieron ambos.

Los grupos que se muestran en contra de las corridas de toros señalan que lo único que promueven estos espectáculos es la violencia hacia los animales. (Foto: El Comercio)
Los grupos que se muestran en contra de las corridas de toros señalan que lo único que promueven estos espectáculos es la violencia hacia los animales. (Foto: El Comercio)

-Posiciones a favor-

Para el periodista taurino Pablo Gómez, las corridas de toros, peleas de toros y peleas de gallos son expresiones culturales muy extendidas en todo el Perú, por lo que está de acuerdo que se exceptúen de la Ley de Protección y Bienestar Animal.

"Son cuatro millones de peruanos los que van a las corridas de toros todos los años. Hay 300 plazas de toros en todo el país, 730 festejos taurinos al año, centenares de estos se hacen en las plazas de armas, es decir, casi dos por día”, detalló.

Sin embargo, indicó que el magistrado Ramos introdujo en la parte resolutiva de su ponencia cuatro puntos con los que no está de acuerdo.

Uno de ellos propone que a los niños se les restrinja el ingreso a estos espectáculos. “No se ha demostrado que estas manifestaciones puedan causarle daños a los niños. Además, esta medida iría en contra de la diversidad cultural que se tiene que transmitir de generación en generación”, argumentó.

Otro punto, agregó, es que se pretende crear una territorialidad y prohibir la construcción de nuevas plazas de toro y coliseos de gallos. “Prohibir eso es querer tapara el sol con un dedo. A ti no te pueden gustar, pero a mi sí”, dijo Gómez.

Por otro lado, el periodista taurino sostuvo que la Constitución señala que las iniciativas populares y el referéndum no pueden contravenir los derechos fundamentales.

“La cosmovisión del hombre del Ande es distinta a la nuestra. Ellos respetan a un hombre capaz de enfrentarse a un toro bravo. Los limeños, aunque sean hijos de migrantes, nunca regresan a la tierra de los padres, no regresan a la sierra, no entienden eso”, indicó.

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