El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) consideró que los cambios que aprobó la Comisión de Constitución del Congreso al nuevo Código Procesal Constitucional afecta el derecho a cuestionar las decisiones del Parlamento.
A través de un pronunciamiento, señaló que el predictamen aprobado, recaído en 13 proyectos de ley acumulados, también afecta directa e indirectamente a asuntos del funcionamiento del sistema electoral.
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“Rebajar el nivel de protección de los derechos trae como consecuencia, el ejercicio incontrolado del poder, situación preocupante que no corresponde ser aceptada por la ciudadanía democrática”, subrayó.
“El Estado Peruano tiene el deber de apuntar hacia la mayor protección y garantía de los derechos humanos y no recortar o retroceder en lo avanzado en el cumplimiento del apotegma del Desarrollo Progresivo consignado en el art. 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Cabe indicar que el Perú ratificó la indicada Convención en 1978″, agregó.
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Finalmente, el JNE alertó a la colectividad sobre el recorte que dicho proceso legislativo implica e hizo una invocación al respeto de los valores democráticos por considerarlos “pilares” en nuestra vida republicana.
Días atrás la Junta Nacional de Justicia (JNJ) también cuestionó los cambios que aprobó la Comisión de Constitución del Congreso al Nuevo Código Procesal Constitucional, en medio del proceso competencial que están afrontando ante el Tribunal Constitucional, y aseguró que “podrían afectar la seguridad jurídica del país”.
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Como se recuerda, la Comisión de Constitución, presidida por Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular), aprobó con 14 votos a favor, 4 en contra y 8 abstenciones, el dictamen de los proyectos de ley 4145/2022-CR, 4203/2022-MP, y otros, que modifica la Ley 31307, Nuevo Código Procesal Constitucional
Según la propuesta, el objetivo es fortalecer los fines de los procesos constitucionales, agrupando en total unos trece proyectos de ley.
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El dictamen modifica el artículo VI del Título Preliminar y los artículos 6, 42, 101, 110, 111 y 112 e incorpora el artículo 79-A a la Ley 31307, Nuevo Código Procesal Constitucional.
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