La Comisión de Constitución llevó a cabo una sesión para debatir algunos proyectos de ley de reforma política y constitucional. (Foto: Congreso de la República)
La Comisión de Constitución llevó a cabo una sesión para debatir algunos proyectos de ley de reforma política y constitucional. (Foto: Congreso de la República)
Redacción EC

Con seis votos a favor, la mayoría de Fuerza Popular, la aprobó modificaciones en el artículo 100 de la Constitución Política del Perú, referido al antejuicio.

Los congresistas de Fuerza Popular Mario Mantilla, Héctor Becerril, Luis Galarreta, Karla Schaeffer y Milagros Takayama, así como el legislador Luis Iberico (APP) apoyaron las modificaciones constitucionales.

(Captura: Congreso de la República)
(Captura: Congreso de la República)

Mientras tanto, Jorge Meléndez (Peruanos por el Kambio), Marco Arana (Frente Amplio), Marisa Glave y Alberto Quintanilla del Nuevo Perú y Gino Costa (Bancada Liberal) se manifestaron en contra.

Por su parte, la votación contó con las abstenciones de Lourdes Alcorta (Fuerza Popular) y Javier Velásquez Quesquén (Célula Parlamentaria Aprista).

El artículo en mención sostiene que le corresponde al Congreso de la República la destitución de un funcionario del ejercicio “hasta por diez años o destituirlo de su función sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad”.

Ese texto fue modificado por el siguiente: "Corresponde al Congreso de la República, con el voto de la mitad más uno del número legal de sus miembros y sin la participación de los integrantes de la Comisión Permanente, frente a la comisión de delitos de función, declarar si hay lugar a formación de causa y suspender al funcionario acusado”.

Se adicionó también que es competencia del Congreso de la República, “con el voto de los dos tercios del número legal de sus miembros y sin la participación de los integrantes de la Comisión Permanente, la inhabilitación para el ejercicio de la función pública hasta por diez años y la destitución en el ejercicio de la función a los funcionarios acusados por infracción a la Constitución, sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad”.

Asimismo, se agregó que “la disposición fiscal y el auto de enjuiciamiento se ajustan a los hechos señalados en la resolución del Congreso atribuidos al funcionario acusado”.

“Para ampliar el objeto de la investigación por nuevos hechos delictivos, se requiere nueva resolución acusatoria del Congreso”, indican.