El monto de multa por no ejercer la labor de miembro de mesa no varía según la clasificación del distrito y en caso el ciudadano designado tampoco acuda en la Segunda Vuelta recibirá una nueva multa por el mismo monto. (Foto: Andina)
El monto de multa por no ejercer la labor de miembro de mesa no varía según la clasificación del distrito y en caso el ciudadano designado tampoco acuda en la Segunda Vuelta recibirá una nueva multa por el mismo monto. (Foto: Andina)
Redacción EC

Este domingo 11 de abril se llevan a cabo las . Durante el sufragio, los ciudadanos sorteados como miembros de mesa tienen una importante función para que los comicios se produzcan correctamente, pero en caso no acudan a ejercer su función deben afrontar una sanción económica, ¿cuánto de multa debe pagar quien no se presente como miembro de mesa?

Según indica la el miembro de mesa que no asista a cumplir su función el día de los comicios deberá pagar S/220 de multa. Esa misma cantidad deberá pagar el ciudadano que se niegue a conformar la mesa electoral si es que su mesa no ha sido instalado y ya se encuentra en la cola para sufragar.

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En caso el ciudadano que no acuda a ejercer su labor de miembro de mesa y tampoco acuda a votar deberá de pagar además, S/88 si vive en un distrito clasificado como “no pobre” por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), S/44 si vive en un distrito clasificado como “pobre” y S/22.00 si vive en un distrito clasificado como “pobre extremo”.

Las multas por no ser miembro de mesa se acumulan con las de no ir a pagar.
Las multas por no ser miembro de mesa se acumulan con las de no ir a pagar.

Cabe destacar que el monto de multa por no ejercer la labor de miembro de mesa no varía según la clasificación del distrito y en caso el ciudadano designado tampoco acuda en la Segunda Vuelta recibirá una nueva multa por el mismo monto.

La ONPE precisa que el ciudadano que no pague su multa no podrá inscribir cualquier acto relacionado con su estado civil, no podrá intervenir en procesos judiciales o administrativos, no podrá realizar ningún acto notarial, no podrá suscribir un contrato, no podrá ser designado funcionario público, no podrá tramitar un brevete y no podrá inscribirse en ningún programa social.

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