

El próximo lunes 13 de octubre vence el plazo para que los altos funcionarios públicos que deseen participar como candidatos en las Elecciones Generales de 2026 presenten su renuncia a los cargos que actualmente ocupan, recordó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
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La medida está contenida en la Resolución N° 0110-2025-JNE, publicada recientemente, que establece precisiones sobre los procedimientos de renuncia y licencia sin goce de haber aplicables a funcionarios, servidores públicos y miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú que decidan postular.
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De acuerdo con la normativa, los altos funcionarios comprendidos en esta obligación son el presidente de la República, ministros, viceministros, y demás autoridades mencionadas en el artículo 91 de la Constitución Política y los artículos 107 y 113 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
En el caso del presidente de la República, la renuncia debe presentarse ante el Congreso de la República, mientras que los ministros y otras autoridades deberán hacerlo ante las entidades correspondientes.
Asimismo, el 13 de octubre también constituye la fecha límite para la dimisión de gobernadores y vicegobernadores regionales, así como de los alcaldes que aspiren a postular en los comicios generales. En el caso de las autoridades regionales, la renuncia se debe registrar ante el consejo regional y elevarse al JNE, a través de la Mesa de Partes Virtual (MPV), hasta el 20 de octubre de 2025.
Si tanto el gobernador como el vicegobernador presentan su renuncia, el consejo regional elegirá a los reemplazantes que asumirán dichas funciones. En cuanto a los alcaldes, su renuncia deberá ser presentada ante el concejo municipal respectivo y luego remitida al JNE por la misma vía virtual, también con fecha límite al 20 de octubre.
El burgomaestre encargado tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles para solicitar su credencial al organismo electoral, contados desde la aceptación formal de la renuncia.
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Por otro lado, la resolución del JNE dispone que los trabajadores y funcionarios de entidades públicas y empresas estatales que planeen participar como candidatos deberán solicitar licencia sin goce de haber, la cual entrará en vigencia el 11 de febrero de 2026, es decir, 60 días antes del proceso electoral.
Con estas disposiciones, el Jurado Nacional de Elecciones busca garantizar la transparencia, equidad y neutralidad en el marco del proceso electoral, estableciendo plazos claros para evitar el uso indebido de los recursos públicos en beneficio de aspiraciones políticas personales.
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