Keiko Fujimori es investigada por la presunta comisión del delito de lavado de activos y otros en agravio del Estado | Foto: El Comercio / Archivo
Keiko Fujimori es investigada por la presunta comisión del delito de lavado de activos y otros en agravio del Estado | Foto: El Comercio / Archivo
Redacción EC

El decidió rechazar la apelación presentada por la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, la cual buscaba acceder a prueba anticipada de las declaraciones de exfuncionarios de Odebrecht, en el marco de la investigación que se sigue contra .

De esta manera, la Corte Superior Nacional de Justicia confirmó la resolución de abril de este año en la que se declaró infundado su requerimiento de prueba anticipada promovido para que se actúen las declaraciones testimoniales de Marcelo Bahía Odebrecht, Jorge Henrique Simoes Barata y Luiz Antonio Mameri, en la investigación que se sigue contra Keiko Sofía Fujimori Higuchi y otros, por la presunta comisión del delito de lavado de activos y otros, en agravio del Estado.

“La regla general es la actuación probatoria en juicio, la prueba anticipada es una excepción a esa regla, por ello, requiere una fundamentación especial; deben justificarse las razones por las cuales debe practicarse fuera del plenario”, se lee en el documento.

Entre los argumentos del equipo especial estaba que la Comisión de Justicia del Congreso aprobó la modificación de la colaboración eficaz, cuestionando la aplicación de esta en la investigación del caso Odebrecht.

En esa línea, el Ministerio Público ha descartado que acceder a esta información viole el derecho a la defensa de los investigados.

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