¿Cómo saber si me corresponde aguinaldo o gratificación en Fiestas Patrias de julio?
¿Cómo saber si me corresponde aguinaldo o gratificación en Fiestas Patrias de julio?
Redacción EC

El mes de julio es uno de los meses más esperados por los trabajadores del sector público y privado del país debido a que recibirán su gratificación y aguinaldo por . De esta manera, los ciudadanos podrán disfrutar de este derecho que les permitirá cubrir ciertos gastos extras a causa de las celebraciones peruanas. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.

¿CÓMO SABER SI ME TOCA EL AGUINALDO O GRATIFICACIÓN POR FIESTAS PATRIAS?

De acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas, el aguinaldo por las celebraciones de Fiestas Patrias se les brinda a los funcionarios y servidores públicos nombrados y contratados que estén en los diferentes regímenes laborales y Decretos Legislativos N.º 276, la Ley N.º 29944 y la Ley N.º 30512.

Asimismo, este beneficio económico lo obtendrán los trabajadores CAS, docentes universitarios bajo la Ley N.º 30220, personal de salud, obreros permanentes y eventuales del Estado, Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, pensionistas a cargo del Gobierno, bajo las leyes 15117, 19846, y los decretos 20530 y 28091, según Gestión.

Mientras que, el pago de gratificación lo recibirán los trabajadores del sector privado que se calculará en base al sueldo del empleado, siempre y cuando se encuentren en una nómina y hayan laborado al menos un mes, es decir, entre enero y junio.

¿QUÉ SE SABE DEL AUMENTO DEL 9% EN EL SUELDO DE LOS TRABAJADORES?

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) dio a conocer que mediante la Ley de Gratificaciones Nº 27735 los empleados del régimen laboral privado obtendrán una remuneración íntegra por concepto de gratificaciones más una bonificación extraordinaria del 9 % sobre dicho monto siempre y cuando estén adscritos a EsSalud por Fiestas Patrias. Mientras que los trabajadores que se encuentren vinculados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), recibirán una ganancia del 6,75 % sobre su salario.

“La gratificación y la bonificación extraordinaria del 9 % y del 6,75 % deben ser pagadas hasta el lunes 15 de julio del 2024, siempre que los que trabajadores del sector privado hayan laborado el primer semestre completo; además, ambos conceptos deben estar registrados en la planilla electrónica de dicho mes”, sostuvo el gerente del Centro Legal de la CCL, Álvaro Gálvez para la Agencia Andina.

Es importante mencionar que, las personas que no hayan trabajado el semestre completo, es decir, de enero a junio, la gratificación será similar a un sexto de la remuneración por cada mes que ha laborado. No obstante, en caso el empleado tuviera inasistencias injustificadas durante el mes se le descontará un treintavo del sexto a percibir por cada falta.

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