Redacción EC

Con el calendario acercándose al último tramo del 2024, muchos peruanos se preguntan si aún queda la posibilidad de disfrutar de otro antes de que termine el año. Después de varios días festivos en el transcurso de los meses anteriores, la expectativa de un nuevo descanso extendido crece entre quienes buscan aprovechar al máximo el tiempo libre. Pero, ¿realmente habrá un nuevo feriado largo en lo que resta del año? Las autoridades ya han dado algunas pistas, y lo que se sabe hasta el momento podría sorprender a más de uno. Descubre si habrá una oportunidad más para un escape de fin de semana prolongado antes de que llegue el 2025.

¿HABRÁ OTRO FERIADO LARGO EN PERÚ EN LO QUE RESTA DEL 2024?

Después de septiembre, el próximo feriado en octubre es el Combate de Angamos, el martes 8 de octubre. Sin embargo, este no se convierte en un feriado largo ya que no está unido a ningún fin de semana o día adicional no laborable.

En noviembre, el Día de Todos los Santos se celebra el viernes 1 de noviembre. Este sí genera un feriado largo, ya que coincide con un viernes, brindando a los peruanos un fin de semana prolongado de tres días para disfrutar.

Finalmente, en diciembre, hay una oportunidad para un descanso extendido. El lunes 9 de diciembre se celebra la Batalla de Ayacucho, lo que se suma al domingo 8 de diciembre, el Día de la Inmaculada Concepción. Aunque los días son consecutivos, solo el lunes se considera feriado, pero es una buena oportunidad para planificar un descanso más largo.

Las leyes en Perú empezaron a calendarizar los feriados desde 1991, y los días no laborables según decretos supremos como el de 2024, estando ambos conceptos destinados a beneficiar a los trabajadores del sector público y también privado, pero con variaciones entre sí de acuerdo a lo establecido también por el .

Miles de peruanos usan estos días de descanso para recorrer el país y hacer turismo junto a sus familiares. (Archivo)
Miles de peruanos usan estos días de descanso para recorrer el país y hacer turismo junto a sus familiares. (Archivo)

Teniendo en cuenta ambos términos, podemos definir que la diferencia entre ambos radica en que el primero de los mencionados corresponde a fechas festivas celebradas anualmente bajo normativa, y terminan convirtiéndose en un derecho al descanso remunerado, mientras el segundo forma parte de disposiciones gubernamentales establecidas para favorecer a instituciones del Estado, y deben ser compensadas en días inmediatos posteriores al goce de la jornada puntual.

La finalidad de decretar los días no laborables compensables, según el Decreto Supremo (DS) 011, tiene por objetivo el de fomentar el turismo interno, y en la mayoría de los casos construir un puente festivo que signifique mayor impacto en la promoción de la actividad turística y receptiva.

En tanto, los feriados nacionales calendarizados son fijados con anticipación y forman parte de un cronograma establecido para el descanso de los trabajadores como un derecho laboral.