Los trabajadores podrán disponer libremente del 100 % de su CTS luego que el Gobierno peruano decidiera no observar la norma aprobada por el Congreso (Foto: El Comercio)
Los trabajadores podrán disponer libremente del 100 % de su CTS luego que el Gobierno peruano decidiera no observar la norma aprobada por el Congreso (Foto: El Comercio)
Redacción EC

El pasado viernes 23 de abril, el Gobierno peruano promulgó la ley que permite a los trabajadores retirar el 100 % de su con el fin de cubrir sus necesidades económicas causadas por la pandemia del .

MÁS INFORMACIÓN: ¿Cuándo y cómo podrá accederse a la CTS?

En principio, la es un beneficio del trabajador que se encuentra en planilla y que tiene como finalidad protegerlo cuando finalice su vínculo laboral. Es decir, se trata de un fondo de contingencia contra el desempleo, que se deposita semestralmente: durante los primeros 15 días de los meses de mayo y noviembre.

Luego de la publicación de la ley en la separata de Normas Legales del , es turno del Ejecutivo de dictar las disposiciones reglamentarias respectivas para que los trabajadores puedan acceder de una vez a este fondo.

MÁS INFORMACIÓN: Preguntas y respuestas sobre el retiro de la CTS
El viernes 23 de abril, el Gobierno peruano promulgó la ley que faculta a los trabajadores retirar el 100 % de su CTS (Foto: Leandro Britto / GEC)
El viernes 23 de abril, el Gobierno peruano promulgó la ley que faculta a los trabajadores retirar el 100 % de su CTS (Foto: Leandro Britto / GEC)
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FECHAS CLAVES PARA ACCEDER AL 100% DE LA CTS

Plazo máximo

Si eres de los que quiere disponer libremente del 100% de sus depósitos por CTS, debes saber que tienes plazo hasta el 31 de diciembre de 2021 para solicitar el retiro respectivo.

Para poder hacer efectivo el retiro primero el Ejecutivo deberá publicar las disposiciones reglamentarias. Para ello tiene como plazo 10 días para emitirlas y así la norma pueda ser ejecutada.

Cuándo podré retirar

De acuerdo a la agencia de noticias Andina, los trabajadores podrán retirar sus fondos desde el 3 de mayo de este año, puesto que el plazo que tiene el Ejecutivo para reglamentar el procedimiento vencería el sábado 1 de mayo. Aunque por ahora el Gobierno no se ha pronunciado al respecto, bien podría ser antes.

¿Habrá un cronograma de retiro?

Si bien ello lo indicará el reglamento de la ley, Jorge Carrillo Acosta, profesor de Pacifico Business School citado por Andina, señala que es muy probable esta indique alguna forma progresiva de retiro, con el fin de no afectar de manera abrupta la liquidez del sistema financiero ni el tipo de cambio.

Luego que la ley ha sido publicada en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, el Ejecutivo deberá dictar las disposiciones reglamentarias necesarias (Foto: Leandro Britto/GEC)
Luego que la ley ha sido publicada en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, el Ejecutivo deberá dictar las disposiciones reglamentarias necesarias (Foto: Leandro Britto/GEC)
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